Grado Superior y otro alumnado
Grado Superior y otros alumnado: antes de la matrícula
Mejorar la nota de admisión
El alumnado exento de hacer la PAU puede presentarse a la fase voluntaria para mejorar su nota de admisión en la universidad. De ese modo, a su nota de acceso se le podrán añadir hasta 4 puntos, para llegar a un máximo de 14 puntos:
El alumnado exento de hacer la PAU es:
- Alumnado que ha superado un Ciclo Formativo de Grado Superior.
- Alumnado que se encuentre en alguno de estos otros casos:
- Diploma del Bachillerato Internacional, expedido por la Organización del Bachillerato Internacional, con sede en Ginebra (Suiza).
- Procedente de sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea, o de otros Estados con los que se hayan suscrito acuerdos internacionales aplicables en materia de acceso a la universidad, en régimen de reciprocidad, siempre que dicho alumnado cumpla los requisitos académicos exigidos en sus sistemas educativos para acceder a sus universidades.
- Bachillerato Europeo, obtenido en virtud de las disposiciones contenidas en el Convenio por el que se establece el Estatuto de las Escuelas Europeas, hecho en Luxemburgo el 21 de junio de 1994.
Estructura de la prueba
En la fase voluntaria, este alumnado se podrá examinar de hasta tres asignaturas y de una lengua extranjera para mejorar su nota de admisión a la universidad. Para el acceso a cada grado solo se tendrán en cuenta como máximo las dos asignaturas superadas que mejor calificación den al estudiante, tras aplicar la ponderación.
Se recomienda consultar en cada asignatura el contenido, la estructura de la prueba y los criterios de corrección y calificación.
Materias de la fase voluntaria
- Análisis Musical II (P)
- Artes Escénicas II (P)
- Biología (P)
- Ciencias Generales (P)
- Coro y Técnica Vocal II (P)
- Dibujo Artístico II (P)
- Dibujo Técnico Aplicado a las Artes Plásticas y al Diseño II (P)
- Dibujo Técnico II (P)
- Diseño (P)
- Empresa y Diseño de Modelos de Negocio (P)
- Física (P)
- Fundamentos artísticos (P)
- Geografía (P)
- Geología y Ciencias Ambientales (P)
- Griego II (P)
- Historia de España (P)
- Historia de la Filosofía (P)
- Historia de la Música y de la Danza (P)
- Historia del Arte (P)
- Latín II (P)
- Literatura Dramática (P)
- Matemáticas aplicadas a las Ciencias Sociales II (P)
- Matemáticas II (P)
- Movimientos culturales y artísticos (P)
- Química (P)
- Técnicas de Expresión Gráfico-plástica (P)
- Tecnología e Ingeniería II (P)
Lengua extranjera:
(P) Materias ponderables dependiendo del grado al que se accede
En la solicitud de inscripción se indicarán las materias de las que se va a realizar examen
Validez
Los resultados obtenidos en esta fase tendrán validez para la admisión en enseñanzas universitarias oficiales de grado durante los tres cursos académicos siguientes a su superación. Es decir, la fase voluntaria superada en 2023 es válida para el acceso al curso 2023-2024, 2024-2025 y 2025-2026, y la superada en 2024 es válida para el acceso al curso 2024-2025, 2025-2026 y 2026-2027.
Calificaciones
Estudiantes con Ciclo Formativo de Grado Superior:
- CALIFICACIÓN ACCESO = NOTA MEDIA DEL CICLO FORMATIVO
(máximo 10 puntos)
Para poder acceder a la universidad se debe haber completado el Ciclo Formativo de Grado Superior.
Otro alumnado exento de PAU (Diploma de Bachillerato Internacional, Bachillerato Europeo, Sistemas Educativos de la Unión Europea o de otros Estados con acuerdo internacional):
- CALIFICACIÓN ACCESO = CALIFICACIÓN DE ACCESO DE LA ACREDITACIÓN UNED
(máximo 10 puntos)
Los estudiantes exentos de PAU que deseen mejorar su nota de admisión en la universidad podrán añadir hasta 4 puntos a la nota media del Ciclo Formativo de Grado Superior o a la calificación de acceso de la acreditación UNED, hasta llegar a un máximo de 14 puntos.
Para obtener la nota de admisión para cada grado se ponderan las dos asignaturas superadas en la fase voluntaria que mejor calificación le den al estudiante tras aplicar la ponderación. Solo se ponderan aquellas asignaturas que tienen una puntuación igual o superior a 5.
Ponderaciones de acceso a estudios de Grado
Las calificaciones de las asignaturas ponderables:
- Son válidas para el acceso a la universidad durante los tres cursos académicos siguientes a su superación.
- Se tendrán en cuenta para el cálculo de la nota de admisión si el estudiante reúne los requisitos para acceder a estudios oficiales de grado en la convocatoria en que las ha superado.
Cálculo de la nota de admisión
La nota de admisión se calculará con la siguiente fórmula y se expresará con tres cifras decimales, redondeada a la milésima más próxima:
Estudiantes con Ciclo Formativo de Grado Superior:
- NOTA DE ADMISIÓN = [NOTA MEDIA DEL CICLO FORMATIVO] + [a x M1] + [b x M2]
(máximo 14 puntos)
Otro alumnado exento de realizar la PAU:
- NOTA DE ADMISIÓN = [CALIFICACIÓN ACCESO ACREDITACIÓN UNED] + [a x M1] + [b x M2]
(máximo 14 puntos)
M1 y M2 son las calificaciones de las dos asignaturas superadas que proporcionen mejor nota de admisión tras aplicar la ponderación.
a y b son parámetros de ponderación, que tendrán un valor de 0,1 o 0,2.
Otra información de interés:
Normativa
- Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
- Ley Orgánica 2/2006 de Educación
- Resolución de 22 de marzo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 10 de marzo de 2025, conjunta de la Secretaría de Estado de Educación y de la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades, por la que se fijan las fechas límite para la realización en el año 2025 de la prueba de acceso a la universidad y publicación de los resultados provisionales.
- Resolución de 20 de febrero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 11 de febrero de 2024, conjunta de la Secretaría de Estado de Educación y de la Secretaría General de Universidades, por la que se establecen las adaptaciones de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad a las necesidades y situación de los centros españoles situados en el exterior del territorio nacional, los programas educativos en el exterior, los programas internacionales, el alumnado procedente de sistemas educativos extranjeros y las enseñanzas a distancia, en el curso 2023-2024.
* Nota: Pendiente de incorporar en este apartado normativa básica de 2025 - Resolución de 21 de agosto de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se dictan instrucciones relativas al programa de doble titulación Bachiller-Baccalauréat correspondientes al curso 2024-2025.
- Orden Foral, por la que se fijan los precios públicos para el curso en vigor por la prestación de servicios académicos y demás derechos conducentes a la obtención de títulos oficiales en la Universidad Pública de Navarra
- Orden Foral 69/2023, de 21 de agosto, del Consejero de Educación por la que se regula la inclusión educativa en centros docentes no universitarios de la Comunidad Foral de Navarra
- Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, por el que se regulan los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, las características básicas de la prueba de acceso y la normativa básica de los procedimientos de admisión.
- Orden Foral 114/2024, de 12 de diciembre, del consejero de Educación, por la que se desarrollan aspectos relativos a la prueba de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado en la Comunidad Foral de Navarra, a la nota de admisión a las universidades públicas y al procedimiento de admisión a la Universidad Pública de Navarra.
- Resolución 152/2025, de 26 de marzo, del director general de Educación y Formación Profesional por la que se determinan las fechas de realización de la prueba de acceso a la universidad (PAU) correspondiente al curso 2024/2025 en la Comunidad Foral de Navarra.
- Decreto Foral 72/2022, de 29 de junio, por el que se establece el currículo de las enseñanzas de la etapa de Bachillerato en la Comunidad Foral de Navarra
- Real Decreto 243/2022, de 5 de abril por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato