Salta al contenido principal

EvAU: estudiantes de Bachillerato

 

Bachillerato: antes de la matrícula de la EvAU

Prueba de acceso

La prueba de acceso es obligatoria y tiene por finalidad valorar la madurez académica y la capacidad para seguir con éxito las enseñanzas universitarias oficiales de grado así como, en el caso de los estudiantes procedentes de Bachillerato, los conocimientos adquiridos en estas enseñanzas. 

La valoración se expresará con una calificación numérica que permita la ordenación de las solicitudes de admisión para la adjudicación de las plazas ofertadas.

Preguntas frecuentes de EvAU

Estructura de la prueba

El alumnado que se presenta por primera vez, además de las tres asignaturas comunes a todos los bachilleratos, deberá examinarse de la asignatura troncal que haya cursado según su modalidad o itinerario.

En lengua extranjera, podrá examinarse de la primera o la segunda lengua cursada: Inglés, Francés o Alemán.

El alumnado de los modelos A y D se examinará además de Lengua Vasca y Literatura II.

Estructura: fase obligatoria

* Las asignaturas troncales generales de modalidad (marcadas con P) de la fase obligatoria y las asignaturas incluidas en la fase voluntaria son las asignaturas ponderables en la UPNA.

Calificación

La nota de la fase obligatoria será la media aritmética de las materias examinadas en esta fase y tendrá que ser superior o igual a 4 (sobre 10 puntos), para que se pueda tener en cuenta a la hora de superar la EvAU. Esta nota mínima hace referencia a la nota media de todas las asignaturas que componen la fase obligatoria, sin ser necesario alcanzar esta calificación de 4 puntos en cada una de ellas. Se considera superada la EvAU si la nota resultante de ponderar con un 40% esta nota media y con un 60% la media de su expediente de Bachillerato es igual o superior a 5 puntos (sobre 10 puntos).

Validez

La superación de la fase obligatoria tiene una duración indefinida.

Fase voluntaria: para conseguir hasta un máximo de 14 puntos.

Cada estudiante se puede presentar a un máximo de 3 asignaturas. La fase voluntaria mejora la calificación de admisión a la universidad y permite aumentar la calificación hasta un máximo de 4 puntos adicionales.

Asignaturas de las que es posible examinarse en la fase voluntaria (máximo 3 asignaturas):

  • troncales generales de modalidad de otras modalidades de Bachillerato, distintas de las examinadas en la fase obligatoria
  • troncales de opción de cualquier modalidad, cursadas o no cursadas
  • lengua extranjera: Francés, Inglés o Alemán, diferente a la elegida en la fase obligatoria.

En la solicitud de inscripción se indicarán las materias de las que se va a realizar examen.

Estructura: fase voluntaria

* Las asignaturas troncales generales de modalidad (marcadas con P) de la fase obligatoria y las asignaturas incluidas en la fase voluntaria son las asignaturas ponderables en la UPNA.

Calificación

Cada materia se califica de 0 a 10 puntos, con dos decimales. Se considerará superada una materia cuando se obtenga una calificación igual o superior a 5.

A la hora de valorar la admisión a grado se tendrán en cuenta las calificaciones de dos materias superadas. Las notas de estas asignaturas superadas se ponderan por 0,1 o 0,2, dependiendo del grado al que se solicite el acceso.

Validez

La fase voluntaria tendrá validez para el acceso a la universidad durante los dos cursos académicos siguientes a su superación. Es decir, la superada en 2023 es válida para el acceso al curso 2023-2024 y 2024-2025.

Una vez superada la prueba, el estudiante podrá presentarse en sucesivas convocatorias para mejorar la calificación: a la fase obligatoria en su totalidad (pudiendo seleccionar otra modalidad de Bachillerato diferente), a la fase voluntaria o a las dos fases. Podrá examinarse de asignaturas cursadas o no cursadas durante el Bachillerato.

Más información sobre la prueba en el punto: Estudiantes que se presentan por 1ª vez

ATENCIÓN:

  • La nota de la convocatoria extraordinaria de la EvAU se tendrá en cuenta a partir de la preinscripción extraordinaria del mismo año.
  • Los estudiantes en listas de espera de la preinscripción ordinaria tienen preferencia sobre los de la extraordinaria.

 

En la fase obligatoria de la EvAU, el estudiante deberá examinarse de la fase completa. Podrá:

  • elegir asignaturas cursadas o no cursadas
  • seleccionar cualquier asignatura troncal general de modalidad, cursada o no
  • seleccionar cualquier lengua extranjera, cursada o no

Solo se tomará en consideración la calificación obtenida en la última convocatoria, si ésta es superior a la anterior.

Más información sobre la prueba en el punto: Estudiantes que se presentan por 1ª vez

El estudiante puede examinarse de un máximo de tres asignaturas. Podrá elegir:

  • asignaturas cursadas o no cursadas
  • asignaturas troncales generales de modalidad de la fase obligatoria de cualquier Bachillerato (incluidas las que se examinaron en su día en la fase obligatoria)
  • asignaturas troncales de opción de la fase voluntaria de cualquier Bachillerato
  • lengua extranjera (incluidas las que se examinaron en su día en la fase obligatoria

Más información sobre la prueba en el punto: Estudiantes que se presentan por 1ª vez

Fase obligatoria

En la fase obligatoria de la EvAU, deberá examinarse de la fase completa. Podrá:

  • elegir asignaturas cursadas o no cursadas
  • seleccionar cualquier asignatura troncal general de modalidad, cursada o no
  • seleccionar cualquier lengua extranjera, cursada o no

Solo se tomará en consideración la calificación obtenida en la última convocatoria, si ésta es superior a la anterior.

Fase voluntaria

En la fase voluntaria, puede examinarse de un máximo de tres asignaturas. Podrá elegir:

  • asignaturas cursadas o no cursadas
  • asignaturas troncales generales de modalidad de la fase obligatoria (distinta a la elegida en la fase obligatoria)
  • asignaturas troncales de opción de la fase voluntaria de cualquier Bachillerato
  • lengua extranjera (distinta a la elegida en la fase obligatoria)

Calificaciones

La calificación para el acceso a la universidad será la media ponderada del 60% de la nota media de Bachillerato y el 40% de la calificación de la fase obligatoria de la EvAU.  

NOTA ACCESO = [NOTA BACHILLER x 0,6] + [NOTA FASE OBLIGATORIA x 0,4]
(máximo 10 puntos)

  • Se entiende que se puede acceder a la universidad cuando el resultado de esta fórmula es una nota igual o superior a 5, siempre y cuando se haya obtenido una nota mínima de 4 en la fase obligatoria.

A la calificación para el acceso a la Universidad se podrán añadir 4 puntos, hasta llegar a un máximo de 14 puntos.

Ponderaciones de acceso a estudios de grado en la UPNA  

Para obtener la nota de admisión para cada grado, se ponderan las dos asignaturas superadas que mejor calificación le den al estudiante tras aplicar la ponderación

Solo se ponderan aquellas asignaturas que tienen una puntuación igual o superior a 5.

Cálculo de la nota de admisión

La nota de admisión se calculará con la siguiente fórmula, y se expresará con tres cifras decimales, redondeada a la milésima más próxima.

NOTA DE ADMISIÓN: [NOTA BACHILLER x 0,6] + [NOTA FASE OBLIGATORIA x 0,4] + [a x M1] + [b x M2]
(Máximo 14 puntos)

  • M1 y M2 son las calificaciones de las dos asignaturas superadas que proporcionen mejor nota de admisión tras aplicar la ponderación.
  • a y b son parámetros de ponderación, que tendrán un valor de 0,1 o 0,2

Asignaturas ponderables

Las asignaturas ponderables son:

  • las asignaturas troncales generales de modalidad (de la fase obligatoria y voluntaria)
  • las troncales de opción de la fase voluntaria
  • la lengua extranjera superada en la fase voluntaria

Las calificaciones de las asignaturas ponderables:

  • Son válidas para el acceso a la universidad durante los dos cursos académicos siguientes a su superación.
  • Se tendrán en cuenta para el cálculo de la nota de admisión si el estudiante reúne los requisitos para acceder a estudios oficiales de grado en la convocatoria en que las ha superado.
     

Notas de corte estudios de Grado

Calcula tu nota de admisión

Normativa de admisión UPNA

Normativa

  • Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
  • Ley Orgánica 2/2006 de Educación
  • Orden foral 164/2009, de 9 de octubre, del Consejero de Educación, por la que se desarrollan aspectos relativos a la prueba de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado en la Comunidad Foral de Navarra
  • Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, por el que se regulan las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato
  • Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa
  • Resolución 36/2023, de 6 de marzo, del Director General de Educación, por la que se aprueban las instrucciones para la realización de la evaluación de Bachillerato del curso 2022-2023 para el acceso a la Universidad, en la Comunidad Foral de Navarra
  • Orden PCM/63/2023, de 25 de enero, por la que se determinan las características, el diseño y el contenido de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad, y las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas, en el curso 2022-2023
  • Resolución de 13 de febrero de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 8 de febrero de 2023, conjunta de la Secretaría de Estado de Educación y de la Secretaría General de Universidades, por la que se establecen las adaptaciones de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad a las necesidades y situación de los centros españoles situados en el exterior del territorio nacional, los programas educativos en el exterior, los programas internacionales, el alumnado procedente de sistemas educativos extranjeros y las enseñanzas a distancia, en el curso 2022-2023.
  • Resolución de 29 de julio de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se dictan instrucciones relativas al programa de doble titulación Bachiller-Baccalauréat correspondientes al curso 2022-2023.
  • Orden Foral, por la que se fijan los precios públicos para el curso en vigor por la prestación de servicios académicos y demás derechos conducentes a la obtención de títulos oficiales en la Universidad Pública de Navarra
  • Decreto Foral 25/2015, de 22 de abril, Boletín Oficial de Navarra número 127, de 2 de julio de 2015. Currículo de las Enseñanzas del Bachillerato en la Comunidad Foral de Navarra
  • Orden PCM/63/2023, de 25 de enero, por la que se determinan las características, el diseño y el contenido de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad, y las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas, en el curso 2022-2023
  • Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato