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Otros trámites

Otra información sobre exámenes

 

Estudios de grado

La matrícula de una asignatura da derecho a una convocatoria dentro del curso académico en el que se matricula.

El estudiante tendrá derecho a 6 convocatorias para superar cada asignatura:

  • las 4 primeras convocatorias tendrán el carácter de ordinarias
  • las 2 últimas convocatorias tendrán el carácter de extraordinarias

En la 1ª y 2ª matrícula de una asignatura, el estudiante no consumirá convocatoria cuando en el acta figure la calificación de “No presentado”. En la 3ª y siguientes matrículas de una asignatura, cuando en el acta se califique como “No presentado” sí se consumirá la convocatoria.

Estudios de máster

La matrícula de una asignatura da derecho a una única convocatoria dentro del curso académico en el que se curse la asignatura.

El estudiante tendrá derecho a tres convocatorias para superar cada asignatura:

  • las dos primeras convocatorias tendrán el carácter de ordinarias
  • la tercera y última convocatoria tendrá el carácter de extraordinaria

En la primera matrícula de una asignatura, el estudiante no consumirá convocatoria cuando en el acta figure la calificación de “No presentado”. En la segunda y tercera matrícula de una asignatura, cuando en el acta se califique como “No presentado” sí se consumirá la convocatoria.

Los estudiantes podrán solicitar que la evaluación de la última convocatoria sea realizada por un tribunal.

Calificaciones

  • Para estudiantes presentados a evaluación cada asignatura se calificará de 0 a 10, con un único decimal:
    • 0 - 4,9:  Suspenso (SS)
    • 5,0 – 6,9: Aprobado (AP)
    • 7,0 – 8,9: Notable (NT)
    • 9,0 - 10: Sobresaliente (SB)
    • 9,0 - 10: Matrícula de Honor (MH)
  • Si el número de estudiantes matriculados y presentados a evaluación lo permite se añadirá la escala ECTS:
    • A: la calificación está entre el 10% de las mejores calificaciones que superan la asignatura.
    • B: la calificación está en el 25% siguiente.
    • C: la calificación está en el 30% siguiente.
    • D: la calificación está en el 25% siguiente.
    • E: la calificación está en el 10% siguiente.
    • F: se aplicará al caso en el que la asignatura no haya sido superada. Se podrá utilizar la calificación FX para indicar que se está cerca de conseguir superar la asignatura y F para indicar que aún se está lejos de conseguirlo.

Matrícula de honor

  • La mención de matrícula de honor podrá ser otorgada si se ha obtenido una calificación igual o superior a 9,0.
  • Su número no podrá exceder del 5% de los estudiantes matriculados en un mismo grupo docente de una asignatura en el curso académico. Cuando el número de estudiantes matriculados sea inferior a 20 se podrá conceder una única matrícula de honor.
  • La obtención de una o varias matrículas de honor en estudios de la UPNA dará derecho a una bonificación en el importe de la matrícula equivalente al precio en primera matrícula del número de créditos de la o las asignaturas en que se haya obtenido matrícula de honor.
     

Comunicación de resultados

  • Calificaciones de las actividades de evaluación
    • El estudiante tiene derecho a ir conociendo sus calificaciones en cada una de las actividades de evaluación recogidas en la guía docente de la asignatura. Estas calificaciones tendrán, inicialmente, carácter provisional.
    • Los resultados de las pruebas y actividades de evaluación deben hacerse públicos en un máximo de 30 días, y al menos 3 días antes de la fecha de la última prueba de evaluación del semestre. Los mismos plazos se aplican a la prueba de evaluación de recuperación.
  • Calificación provisional
    • El estudiante tiene derecho a conocer la calificación provisional al menos 3 días hábiles antes de la evaluación de recuperación.
  • Calificación final
    • La calificación final se le comunicará una vez finalizado el periodo de evaluación de recuperación del semestre, antes de su inclusión en el acta.

Revisión

  • Estudiantes: tienen derecho a revisar personalmente las calificaciones provisionales de todas las pruebas de evaluación y trabajos, y a recibir del profesorado explicaciones orales sobre la calificación.
  • Cuando la calificación de una prueba condicione la participación en otra, el profesorado responsable de la primera calificación deberá hacerla pública y permitir la revisión con una antelación mínima de 3 días hábiles. Junto con las calificaciones se indicará el lugar, fecha y horario de la revisión.
  • Junto con la publicación de las calificaciones finales provisionales se anunciará, con una antelación mínima de dos días hábiles, el lugar, fecha y horarios de la revisión. El periodo de revisión deberá ser de al menos un día en horario de mañana y tarde.
  • Junto con la publicación de las calificaciones finales provisionales se hará público con una antelación mínima de dos días hábiles, el lugar, la fecha y los horarios de la revisión, que deberá ser al menos de un día en horario de mañana y tarde.
  • Recurso conta la calificación final:
    • Si tras revisar la calificación final el o la estudiante no está conforme, puede recurrirla con escrito motivado dirigido al director de departamento o departamentos correspondientes, en un plazo de dos días hábiles desde la revisión
    • Un tribunal compuesto por tres miembros del departamento o departamentos, entre los que no puede encontrarse el profesorado del grupo docente de la asignatura, resolverá en un plazo máximo de 10 días.
    • Contra esta resolución cabe recursos de alzada ante el rector, que no paralizará el procedimiento de cumplimentación y entrega de actas.
  • Para cada semestre del curso académico, el calendario administrativo establece un plazo máximo para la cumplimentación, cierre y entrega de actas en los servicios administrativos. 
  • Una vez cerrada el acta, la calificación se incorpora al expediente del estudiante y ya puede ser certificada.
  • Cualquier estudiante que se valga de medios fraudulentos en una prueba de evaluación, utilice material no autorizado expresamente por el profesorado o realice cualquier acción no autorizada dirigida a la obtención o intercambio de información con otras personas podrá ser calificado de suspenso y ser objeto de sanción, previa apertura de expediente disciplinario.
  • El punto anterior será de aplicación a quienes copien y quienes hayan sido copiados, siempre y cuando se demuestre la implicación de estos últimos o, con menor grado de responsabilidad, la negligencia en el cuidado de su material.
  • Cualquier estudiante que disponga o se valga de medios fraudulentos para la realización de un trabajo académico requerido para su evaluación, como el plagio y la utilización de material no original (salvo el autorizado explícitamente por el profesorado), sin indicación expresa de su procedencia y, si es el caso, permiso de su autor, podrá ser calificado de suspenso y ser objeto de sanción, previa apertura de expediente disciplinario.
  • Cuando se detecte o se tenga la sospecha del uso de medios fraudulentos, el profesorado podrá revisar las pruebas de evaluación y los trabajos previos durante el semestre, pudiendo realizar una prueba especial al estudiante sobre el que recaiga sospecha. En ese caso, si hay evidencias de fraude podrá modificar las calificaciones provisionales, previa audiencia del estudiante antes de elevar a definitivas las calificaciones finales.

En la página web de la biblioteca puedes consultar los horarios de las bibliotecas y aulas de estudio.