Salta al contenido principal

zoom De izq. a dcha., Elizari, Jorqui, Arcos y Magdaleno, en Coímbra (Portugal).

De izq. a dcha., Elizari, Jorqui, Arcos y Magdaleno, en Coímbra (Portugal).

Leyre Elizari Urtasun, estudiante de Doctorado en la Universidad Pública de Navarra, ha sido premiada, en la categoría de jóvenes investigadores, en el XXI Congreso Mundial de Derecho Sanitario, celebrado recientemente en Coímbra (Portugal), gracias a un estudio sobre el rechazo de los tratamientos médicos por personas mayores ingresadas en residencias. Este trabajo, junto a los presentados por María Luisa Arcos Vieira y María Jorqui Azofra (profesoras de la UPNA) y Antonio Magdaleno Alegría (docente en la de Cantabria), forma parte de un proyecto de investigación sobre los límites del principio de autonomía del paciente en el ámbito sanitario, financiado por el Ministerio de Economía y Competitividad.

El galardón obtenido por Leyre Elizari, licenciada en Derecho en la UPNA con Premio Extraordinario Fin de Carrera (2001-2002) y abogada en ejercicio durante once años, corresponde a la convocatoria “Early Career Presentation” dentro del citado congreso, organizado por World Association for Medical Law (la asociación de profesionales del Derecho Sanitario más importante del mundo).

Leyre Elizari, cuya ponencia llevaba por título “Centros residenciales y rechazo de tratamientos médicos”, considera que “el hecho de residir en un centro no ha de suponer una alteración en el derecho del paciente a ser informado y a decidir sobre la aceptación o rechazo de un tratamiento médico, pero, sin duda, condiciona la forma de recibir la información y de prestar el consentimiento”.

En la práctica —prosigue Leyre Elizari-, la institucionalización de una persona mayor favorece las inercias, o los juicios previos y genéricos sobre su capacidad, en lugar de una valoración para cada decisión concreta, a lo que contribuye la resignación o pasividad de los mayores, que aceptan, sin más, lo que les propone el personal médico, o que asumen con normalidad que se informe directamente a sus familiares o representantes legales y que sean estos quienes decidan”.

Por todo ello, Elizari aboga por que, en los centros residenciales, se trabaje, entre los profesionales y los usuarios, en “la concienciación y extensión” del principio de autonomía del paciente, que, a veces, se ve vulnerado por el uso de sujeciones (físicas y farmacológicas) sin el consentimiento de la persona afectada. Todo ello redundará, además, en “la mejora de la calidad de vida de las personas mayores, que ven conservada su capacidad de decisión en un ámbito, el residencial, en el que esta tiende a desaparecer o verse muy restringida”.

El derecho a no saber al final de la vida

Además, la profesora María Luisa Arcos presentó la ponencia titulada “El final de la vida y el derecho a no saber”, en la que reflexiona sobre los derechos de las personas en el proceso de muerte. La investigadora parte de declaraciones internacionales (como la del Genoma Humano y Derechos Humanos de 1997) y la Ley de Autonomía del Paciente (2002), que dispone que “toda persona tiene derecho a que se respete su voluntad de no ser informada”, y repasa las distintas leyes autonómicas que recogen este principio. “En el contexto de esta etapa final de la vida, se hace patente la necesidad de reflexionar sobre los derechos que asisten realmente al paciente y, en especial, el alcance, que deben reconocer los médicos y las personas de su entorno, de la voluntad de aquel de no recibir información sobre su estado o sobre su pronóstico”, indica María Luisa Arcos.

Por su parte, María Jorqui presentó la comunicación “¿Disentir bajo la objeción de conciencia sanitaria?” y Antonio Magdaleno, que se doctoró en la UPNA y ahora es profesor en el Departamento de Derecho Público de la Universidad de Cantabria, hizo lo propio con la titulada “Movimientos migratorios, salud colectiva y limitación de los derechos fundamentales”.