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Doble Grado en Fisioterapia y en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte

Contribuye a mejorar la calidad de vida y la salud de las personas. Fórmate para impulsar la promoción y la práctica de la actividad física y deportiva, y para intervenir a través de la rehabilitación, la motricidad, la prevención de lesiones y el tratamiento de patologías.

Información académica

 

Acceso y admisión

  • Los estudiantes que deseen ser admitidos formalizarán su solicitud en los mismos plazos establecidos para solicitar la admisión en el resto de títulos oficiales de Grado de la Universidad Pública de Navarra.
  • Se admitirán estudiantes hasta el límite de plazas establecido entre aquéllos que escogieron en su preinscripción el Doble Grado, ordenados por sus notas de acceso a la Universidad. En cualquier caso, la nota mínima de admisión habrá de ser igual o superior a la nota más alta de corte que resulte en cada una de las dos titulaciones oficiales.
  • No se permite la admisión al Doble Grado por la vía de cambio de estudios.

Matrícula

  • Se realizará en los mismos plazos y con el mismo procedimiento que se establezca para el resto de titulaciones.
  • Los estudiantes admitidos en el doble grado se matricularán cada curso académico única y exclusivamente en las asignaturas de su programación docente específica y se considerarán matriculados simultáneamente en ambas titulaciones.
  • Deberán matricular todas las asignaturas correspondientes al curso completo, así como las asignaturas matriculadas y no superadas anteriormente, hasta el máximo que se establezca en la normativa general de los estudios de Grado. Obligación que se mantiene incluso en el caso de que al estudiante se le hayan reconocido parte de los créditos matriculados.

Rendimiento académico exigido

Los estudiantes matriculados en un doble título deberán cumplir los requisitos de rendimiento exigidos en:

Reconocimiento y transferencia de créditos

Reconocimiento: Aceptación por parte de la Universidad Pública de Navarra e incorporación al expediente del estudiante a efectos de la obtención de un título oficial de:

  • Créditos obtenidos en unas enseñanzas oficiales, en la misma u otra universidad.
  • Créditos cursados en otras enseñanzas superiores oficiales o en enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de otros títulos, a los que se refiere el artículo 7.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
  • Experiencia profesional o laboral acreditada siempre que dicha experiencia esté relacionada con las competencias inherentes a dicho título.

Información y procedimiento de solicitud de reconocimiento de créditos para los tres apartados anteriores

A partir de ese reconocimiento, el número de créditos que resten por superar en la titulación de destino deberá disminuir en la misma cantidad que el número de créditos reconocidos.

Transferencia: consignación, en los documentos académicos oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante, de todos los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, en la Universidad Pública de Navarra o en otras universidades del EEES, que no hayan conducido a la obtención de un título oficial.

Más información sobre normativa académica: (Normas Reguladoras de los Estudios de Grado en la Universidad Pública de Navarra).

Abandono del programa

  • Abandono  voluntario: se solicita por escrito en el plazo establecido para continuar al curso siguiente en titulación  ordinaria.
  • Abandono  por incumplimiento del rendimiento exigido: pasaría a titulación ordinaria al curso siguiente.

Normas reguladoras de los dobles títulos

Más información sobre normativa académica: (Normas Reguladoras de los Estudios de Grado en la Universidad Pública de Navarra)