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zoom La investigadora de la UPNA Elisa Sierra, especialista en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.

La investigadora de la UPNA Elisa Sierra, especialista en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.

Elisa Sierra Hernáiz, profesora de la Universidad Pública de Navarra (UPNA), analiza en un libro la problemática de la protección del embarazo y la lactancia natural desde el punto de vista de la prevención de la salud y la protección de la integridad física de las trabajadoras que se hallan en estas circunstancias. La obra, que es fruto de un proyecto de investigación más amplio sobre trabajadores especialmente sensibles financiado por el Ministerio de Economía y Competitividad, describe tanto la doctrina de los tribunales sobre esta cuestión, como los convenios colectivos y los planes de igualdad de las empresas, en los que “la implantación de esta materia deja mucho que desear, pese al importante papel que puede desempeñar”, según la autora.

La publicación, titulada “Prevención de riesgos laborales, embarazo de la trabajadora y lactancia natural” y editada por Thomson Reuters Aranzadi, parte de “la complejidad de la situación que se regula, lo que hace que se estén planteando constantemente nuevos retos que se añaden a los viejos problemas identificados por la doctrina y jurisprudencia laboralista”, apunta Elisa Sierra.

“El artículo 26 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, que regula esta cuestión, no puede ser entendido únicamente como una obligación preventiva más del empresario, sino que debe ser analizado como un elemento que hay que añadir a la política de igualdad de oportunidades entre trabajadores y trabajadoras y ha de contar con un enfoque global y transversal —explica Elisa Sierra, profesora titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social del Departamento de Derecho Privado—. No se puede obviar que el embarazo de la trabajadora y la atención al recién nacido, en este caso por medio de la lactancia natural, ha sido y sigue siendo la causa última y principal de la discriminación laboral de la mujer en cuanto a su rol social respecto a la atención y cuidado de la familia, a pesar de los cambios importantísimos y de la evolución social que se ha producido en nuestra sociedad en las últimas décadas”.

Medidas antidiscriminatorias

Tal como señala la investigadora, uno de los objetivos de la actual regulación legal preventiva consiste en “evitar que el embarazo y la lactancia natural penalicen la permanencia de las trabajadoras en el mercado laboral, para lo cual se ha previsto la suspensión de la relación laboral, el derecho a una prestación de la Seguridad Social y la nulidad de cualquier medida empresarial que tenga que ver con estas situaciones”.

“Es importante recalcar esta vertiente garantista de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales como expresión del derecho fundamental a la igualdad y no discriminación entre sexos —añade Elisa Sierra, directora del Máster en Prevención de Riesgos Laborales de la UPNA—. Sin embargo, no puede ser entendido como un derecho para favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar de las trabajadoras o, incluso, de la familia, puesto que el citado artículo 26 de la ley tiene como finalidad únicamente la protección de la salud y la integridad física de las trabajadoras embarazadas o en situación de lactancia natural y no el conseguir la igualdad de oportunidades”.

La investigadora estudia el citado artículo 26 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales tanto a la luz de la doctrina de los tribunales encargados de interpretarlo, como en cuanto a su regulación en los convenios colectivos y planes de igualdad de las empresas, “uno de los temas más complejos que se plantean en la realidad de ellas”. Por eso, Elisa Sierra incluye los ejemplos de buenas regulaciones correspondientes a siete empresas e instituciones con la idea de que también sirvan de guía para futuras normativas en esta área.