Paz Francés Lecumberri, licenciada en Derecho por la UPNA y licenciada en Criminología por la Universidad de Barcelona, ha analizado en su tesis doctoral el artículo 290 del Código Penal, relativo al falseamiento de cuentas anuales y otros documentos que representan la situación jurídica y económica de las sociedades. “Escogí este tema de investigación debido a la enorme actualidad de comportamientos que se dan en el seno de las sociedades, que pueden dañar a los diferentes actores que participan en el ámbito societario y en el mercado: socios, trabajadores, la propia sociedad y la comunidad en general, ya que el tejido societario afecta en última instancia a intereses de toda la colectividad”, señala la autora de la tesis.
La tesis, “Tratamiento penal del falseamiento de cuentas y otros documentos en las sociedades (art. 290 del código penal)”, ha sido dirigida por Miguel Díaz y García Conlledo, catedrático de Derecho Penal en la Universidad de León y ha obtenido la calificación de Sobresaliente cum laude, mención Doctor Internacional.
Los delitos societarios se introdujeron en el código penal de 1995 con el objetivo de responder a las nuevas relaciones que comenzaban a verse en las empresas y a los riesgos que se evidenciaban tanto dentro como fuera de ellas. Desde entonces, estos delitos no se han modificado, si bien muchos de ellos han sido objeto de profunda crítica.
En el trabajo se ha estudiado esta figura delictiva y las dificultades que el precepto presenta en su interpretación. “He prestado especial atención al posible encaje de la denominada “contabilidad creativa” en el artículo 290 del Código Penal, por la problemática específica que suscita y por el debate generado a ese respecto”.
Aparente contabilidad creativa
La autora parte del concepto de que la contabilidad creativa es un conjunto de posibilidades que la normativa (concretamente el Plan General Contable) permite elegir, siempre que se emplee como herramienta para una mejor representación de los hechos contables. “Así, se han descartado como posibles instrumentos de “contabilidad creativa” prácticas como creación de facturas u otros hechos de la sociedad, que en este trabajo hemos denominado “aparente contabilidad creativa”.
La propuesta realizada por Paz Francés ha sido considerar que “se podrá determinar que los hechos expresados en unas cuentas anuales no responden a la verdad en la narración de los hechos cuando, tras haber utilizado determinadas técnicas contables y haber explicado en el informe de gestión y en la memoria el porqué del criterio de selección de esas técnicas, la motivación no corresponda con la realidad por su inadecuación conforme a lo razonable”. Esta valoración se realizará según el criterio de aceptación social o, como se denomina en el trabajo, el criterio de lo aceptado en el ámbito concreto de la correcta administración o gestión, que permitirá revelar una falsedad o no.
Paz Francés Lecumberri es doctora en Derecho con mención internacional por la Universidad Pública de Navarra, institución en la que trabaja como profesora ayudante de Derecho Penal. Es licenciada en Derecho por la UPNA (2005) con calificación final de “Premio Extraordinario” y licenciada en Criminología por la Universidad de Barcelona (2010).
Ha realizado diferentes estancias de investigación en el Institut für Strafrechtswissenschaften, Rechtphilosophie und Rechtinformatik. Universitat Ledwig- Maximiliams (Munich, Alemania), en la Università degli Studi di Modena e Reggio Emilia (Módena, Italia), Universidad de Bologna (Italia) y en la Universidad de EAFIT y Antioquia (Medellín, Colombia). Es también autora de numerosas publicaciones, traducciones y ha participado en seminarios y congresos sobre las siguientes líneas de investigación: delitos económicos, delitos societarios, medidas de seguridad e inimputables, justicia restaurativa y mediación penal, derecho penal de menores, enfermos mentales y prisión, mujer y prisión, y abolicionismo penal.
Además es miembro de la Asociación Salhaketa en defensa de las personas presas y sus familiares y de ANAME, Asociación Navarra de Mediación.