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Derechos digitales

Decálogo de derechos digitales de la Universidad Pública de Navarra

Préambulo

Los derechos relativos a la protección de datos y la seguridad de la información están recogidos en la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos y la Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, así como en las instrucciones aprobadas en estos ámbitos.

Sobre esta base normativa, es el objeto del presente decálogo recoger los derechos que poseen los empleados de la Universidad, ya sea personal docente, investigador o administrativo y de servicios, así como el alumnado, en relación tanto a la seguridad de información como a la protección de datos de carácter personal.

identidad

Derecho a la identidad personal digital

La universidad velará por la visibilidad, identificación, privacidad y reputación de la identidad digital de los miembros de la comunidad universitaria impidiendo la suplantación de identidad y proveyendo medios adecuados de identificación y autenticación.

protección de datos de carácter personal

Derecho a la protección de los datos de carácter personal

La universidad velará por la protección de los datos personales de los miembros de la comunidad universitaria. Custodiará con celo y diligencia dichos datos y los usará exclusivamente para los fines y propósitos para los que le hayan sido cedidos.

La universidad adoptará medidas adecuadas para garantizar el derecho al olvido en relación con los datos personales publicados en su dominio. Estas medidas se fundamentarán en esfuerzos tecnológicos razonables y observarán los límites de transparencia u otros de tipo legal.

expresion

Derecho a la libertad de expresión en la red

La universidad velará por el uso respetuoso de la libertad de expresión en la red por parte de todos los miembros de la comunidad universitaria. La universidad apelará a la prudencia y mesura necesarias que permitan respetar los derechos de los demás cuando se haga uso de la libertad de expresión.
tratamiento

Derecho a la igualdad en el tratamiento digital

La universidad adoptará las medidas necesarias para garantizar que todas las personas tengan las mismas oportunidades en los servicios y tratamientos digitales, y promoverá las medidas adecuadas para minimizar las dificultades en el acceso a los servicios.
accesibilidad

Derecho a la accesibilidad universal

Toda persona tiene derecho al acceso universal a internet, sin que quepa discriminación alguna por motivos económicos, de edad, procedencia u otra causa injustificada. La universidad facilitará condiciones de acceso adecuadas a todas las personas, contando con la función específica de la Unidad de Acción Social.
transparencia

Derecho a la transparencia

La universidad, atendiendo a su obligación de transparencia y buen gobierno, hará pública la información necesaria para conocer cuál es el tratamiento de los datos y la lógica de los procesos de toma de decisiones. También tutelará el debido equilibrio entre el derecho a la transparencia y a la protección de datos de carácter personal.

Las personas afectadas por decisiones automatizadas tendrán derecho a solicitar la revisión de dichas decisiones por parte del responsable, a conocer el sistema que genera tales decisiones y a su impugnación.

 

desconexion

Derecho a la desconexión

Fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, todo empleado tiene derecho a interrumpir su conectividad y prever medidas de desconexión para no ser requerido a través de internet, velando así por su derecho al descanso.
legado

Derecho al legado digital

La universidad promoverá la preservación del legado digital de los miembros de la comunidad universitaria en la medida que sea compatible con el carácter profesional y académico de los contenidos generados por los estudiantes y empleados de la institución universitaria.
propiedad

Derecho a la propiedad intelectual en la red

Toda persona tiene derecho a decidir acerca de la protección en la red de las producciones científicas, técnicas, literarias o artísticas de las que sea autora. Este derecho respetará los principios fundamentales, como son el derecho de acceso a la cultura y a la investigación científica y técnica en beneficio del interés general.

 

red

Derecho a una red segura

La universidad adoptará medidas adecuadas en su infraestructura tecnológica para garantizar la confidencialidad e integridad de los datos frente a amenazas y ataques maliciosos.