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La Normativa reguladora de servicios de la Biblioteca, aprobada por el Consejo de Biblioteca, en sesión celebrada el 16 de diciembre de 2022, actualiza y adapta la normativa reguladora de servicios, tras la aprobación del Reglamento de la Biblioteca (BON 02/02/2015).
Son personas usuarias de la Biblioteca:
Para el suministro de servicios que requieran acreditación, tales como préstamo, acceso a salas de trabajo en grupo, así como para el acceso a instalaciones y equipamiento tecnológico con reconocimiento electrónico y telemático, se precisará la identificación como miembro de la
comunidad universitaria.
En períodos de exámenes y/o de especial ocupación del espacio bibliotecario se podrá restringir el acceso a las personas de la comunidad universitaria mediante acreditación identificativa. En otras épocas del año, el acceso a la Biblioteca y uso in situ de sus colecciones será libre.
Las personas usuarias deben respetar la integridad y estado de instalaciones, equipamiento y colecciones bibliográficas y documentales.
No está permitido usar móviles ni otros aparatos que alteren el deber de silencio en las salas, ni comer, beber o fumar.
No se pueden reservar puestos para terceras personas, ni ausentarse más que brevemente del puesto de estudio. El personal de Biblioteca podrá retirar las pertenencias que no estén al cuidado de sus propietarios, ocupando un puesto de estudio. La Biblioteca no se hace responsable de la vigilancia de las pertenencias de las personas usuarias, a quienes corresponde mantenerlas bajo su control y custodia.
Las conductas que supongan uso indebido de equipamiento tecnológico e informático, y que supongan perjuicio y/o gasto para la Universidad, requerirán siempre el pago de la reparación y, en su caso, la suspensión del servicio de que se trate al menos, hasta la subsanación del mismo.
Las conductas que supongan daños o menoscabo en las colecciones bibliográficas y documentales, requerirán siempre la reposición o compra del bien, suspendiendo el servicio, al menos, hasta la subsanación del mismo.
Igualmente, aquellas conductas que supongan daño, alteración o menoscabo en las instalaciones, incluido el mobiliario, instalación eléctrica, tendido de datos o cualquier otra, que suponga perjuicio y/o gasto para la Universidad, requerirán siempre el pago de la reparación o reposición del bien, por parte de la persona usuaria.
Aquellas conductas que supongan acceso a servicios mediante suplantación de identidad o falsificación documental, conllevará suspensión de la condición de persona usuaria, proporcional a la inadecuación de la conducta, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas que se pudieran derivar.
Las personas usuarias deberán cumplir la legislación vigente en materia de propiedad intelectual y licencias de uso de los recursos disponibles.
Las personas usuarias deben cumplir con las disposiciones reguladoras del acceso y uso de cada uno de los servicios de la biblioteca.
Las personas usuarias deberán mantener el orden y el silencio debido dentro de las instalaciones de la biblioteca.
Las conductas de uso y acceso indebido a la biblioteca que conlleva privación o suspensión de la condición de persona usuaria, viene recogida en las normativas específicas de cada uno de los servicios descritos a continuación.
La responsabilidad de conductas contrarias a lo recogido en el Reglamento y la normativa presente, recaerá en las personas usuarias que incurran en ellas.
La facultad para exigir el cumplimiento de las medidas de garantía en relación a conductas que supongan infracción del reglamento o actitudes indebidas de funcionamiento de la Biblioteca o sus recursos materiales, referidas en el artículo 21 del Reglamento de la Biblioteca corresponde a la Dirección de la Biblioteca.
Para los supuestos especialmente graves, será el vicerrector quien podrá adoptar las medidas oportunas.
El Servicio de préstamo permite disponer de obras de la Biblioteca de la Universidad Pública de Navarra, fuera de sus instalaciones, durante un número de días determinado, según la tipología de los documentos y de las personas usuarias.
El servicio de préstamo se ofrece en las Bibliotecas del Campus de Arrosadia, Facultad de Ciencias de la Salud y Campus de Tudela.
Su propósito es contribuir a los procesos de aprendizaje, investigación y gestión de la Universidad, poniendo a disposición de las personas usuarias, colecciones adecuadas a sus necesidades que permitan el mayor uso posible, a la vez que su preservación.
Son personas usuarias del Servicio de Préstamo de la Biblioteca de la UPNA todos los colectivos de la comunidad universitaria y las personas debidamente autorizadas por la Universidad, por convenios firmados, méritos reconocidos o causas justificadas.
Para la utilización del servicio de préstamo, todas las personas usuarias deberán presentar el correspondiente carné universitario, DNI, pasaporte, o permiso de conducir en el que conste fotografía.
El préstamo es personal e intransferible.
Las obras en préstamo se podrán devolver, por cualquier persona, en cualquiera de los tres edificios, independientemente de dónde se hubiera realizado el préstamo.
A efectos del servicio de préstamo, las personas usuarias prestatarias se agrupan del modo siguiente:
Las personas usuarias externas que obtuviesen el beneficio del servicio de préstamo por convenio bilateral de la Universidad con terceras entidades, quedarían sujetos a la política de préstamo expresamente recogida en cada uno de ellos.
Son prestables, en general, todas aquellas publicaciones, en cualquier soporte y en cualquiera de las colecciones de la BUPNA, excepto las catalogadas como Revistas, Fondo Antiguo y Referencia. La persona usuaria identificará en el catálogo de la biblioteca los documentos no prestables que aparecerán como ejemplares de Consulta en sala, es decir, solo se podrán utilizar dentro de las instalaciones de la Biblioteca.
Se podrá excluir o restringir el préstamo de determinados ejemplares debido a criterios de conservación, disponibilidad o especiales características.
Igualmente, el préstamo de determinadas colecciones puede estar orientado a grupos de personas usuarias específicas, debido a la función que desempeñan. Esto se aplica a:
Serán prestables durante una semana y en número máximo de 5 títulos para los estudiantes de grado y posgrado y de 3 títulos para el resto de personas usuarias (excepto para los grupos 5 y 8 que no tienen préstamo de bibliografía recomendada)
Los contenidos de las colecciones electrónicas, sean seriadas o unitarias, son accesibles, en texto completo a través del catálogo y otras entradas del portal web de la Biblioteca.
Préstamo a domicilio: permite a las personas usuarias utilizar el fondo documental de la BUPNA fuera del recinto de la Biblioteca
Préstamo semana: permite a las personas usuarias que necesiten una publicación de la biblioteca que se encuentra en préstamo largo y que no tenga otras copias en las colecciones, su consulta durante una semana de duración.
Préstamo intercampus: permite que personas usuarias autorizadas reciban en su biblioteca un documento que se encuentre en la biblioteca de otro campus.
Se establecen los siguientes plazos de préstamo y números de ejemplares en función de los grupos de personas usuarias y tipos de colecciones.
Colecciones | Nº | Duración | Renov. | Reserva |
Col. investigación y depósito | 200 | 1 año | 2 | 3 |
Bibl. recomendada | 3 | 1 semana | 0 | 0 |
Literatura / Cine / Música | 10 | 2 semanas | 2 | 3 |
Colecciones | Nº | Duración | Renov. | Reserva |
Col. investigación y depósito | 50 | 6 meses | 1 (3 meses) | 3 |
Bibl. recomendada | 3 | 1 semana | 0 | 0 |
Literatura / Cine / Música | 10 | 2 semanas | 2 | 3 |
Colecciones | Nº | Duración | Renov. | Reserva |
Col. investigación y depósito | 50 | 6 semanas | 2 | 3 |
Bibl. recomendada | 3 | 1 semana | 0 | 0 |
Literatura / Cine / Música | 10 | 2 semanas | 2 | 3 |
Colecciones | Nº | Duración | Renov. | Reserva |
Col. investigación y depósito | 15 | 2 semanas | 2 | 3 |
Bibl. recomendada | 3 | 1 semana | 0 | 0 |
Literatura / Cine / Música | 10 | 2 semanas | 2 | 3 |
Colecciones | Nº | Duración | Renov. | Reserva |
Col. investigación y depósito | 15 | 2 semanas | 2 | 3 |
Literatura / Cine / Música | 10 | 2 semanas | 2 | 3 |
Colecciones | Nº | Duración | Renov. | Reserva |
Col. investigación y depósito | 15 | 2 semanas | 2 | 3 |
Bibl. recomendada | 5 | 1 semana | 2 | 3 |
Literatura / Cine / Música | 10 | 2 semanas | 2 | 3 |
Colecciones | Nº | Duración | Renov. | Reserva |
Col. investigación y depósito | 10 | 1 semana | 2 | 3 |
Bibl. recomendada | 5 | 1 semana | 2 | 3 |
Literatura / Cine / Música | 10 | 2 semanas | 2 | 3 |
Colecciones | Nº | Duración | Renov. | Reserva |
Col. investigación y depósito | 10 | 1 semana | 2 | 3 |
Literatura / Cine / Música | 10 | 2 semanas | 2 | 3 |
En épocas de vacaciones (Navidad, Semana Santa) y cierre de la Biblioteca pueden existir préstamos con una duración especial en los que no computen dichos períodos festivos a efectos de la duración de la caducidad de los préstamos. Es decisión de la Biblioteca determinar el tiempo que considere oportuno comunicándolo con la suficiente antelación a las personas usuarias.
Cada volumen identificado con su correspondiente código de barras se considerará una unidad de préstamo.
La duración del préstamo es en días naturales (1 semana = 7 días naturales)
De acuerdo con la política de préstamo, las personas usuarias tienen la posibilidad de renovar sus préstamos y de reservar documentos prestados a otras personas usuarias. Pueden hacerlo en la web del catálogo previa identificación o solicitándolo en el mostrador de préstamo.
Las personas usuarias identificadas pueden consultar en el servicio Mi Biblioteca del catálogo sus préstamos y fechas de caducidad, renovaciones, reservas, sanciones, etc.
El préstamo de los libros es un dato confidencial que no se puede dar a conocer públicamente. La confidencialidad afecta tanto a los datos de las personas usuarias como a los documentos que tienen o han tenido en préstamo.
Los plazos de cualquier modalidad de préstamo estarán supeditados a la vigencia de la pertenencia a alguno de los grupos de préstamo de la Universidad descritos.
La Biblioteca reclamará de forma periódica todos aquellos préstamos sobrepasados para facilitar la disponibilidad y circulación de las colecciones.
Una persona usuaria no tendrá en préstamo simultáneamente 2 obras iguales.
Las personas usuarias del grupo 4 (personal de administración y servicios) que requieran un uso intensivo de bibliografía por cuestiones profesionales durante un tiempo determinado, presentarán autorización del correspondiente responsable.
Las personas usuarias que necesiten una publicación de la Biblioteca que se encuentre en préstamo largo y que no tenga copias disponibles, puede solicitarla en los mostradores de Colecciones de Investigación (HUM, CS y CT), en Ciencias de la Salud y en Tudela, para una consulta máxima de una semana de duración.
Las personas usuarias con “préstamo largo” (Grupos 1 y 2) están obligadas a devolver a la Biblioteca en un plazo de 48 horas y durante una semana una obra que esta le solicite para el correspondiente préstamo a otra persona usuaria, garantizando así que todas pueden acceder a dicha publicación.
La persona usuaria que tiene cualquier material en préstamo debe velar por su integridad y buena conservación y advertir al personal de la Biblioteca de cualquier desperfecto que haya observado en el mismo.
Todas las personas usuarias del Servicio de Préstamo están obligadas a cumplir con la normativa del mismo y tienen la obligación de devolver los materiales en los plazos estipulados y en las mismas condiciones físicas en que se le han prestado. En caso contrario, se procederá de la siguiente forma:
El servicio de préstamo interbibliotecario de la UPNA permite localizar y obtener documentos (originales o reproducciones, según los casos) que no se encuentren en las colecciones de las bibliotecas de la Universidad Pública de Navarra, ni en las bibliotecas públicas de Pamplona. Asimismo, proporciona documentos existentes en las colecciones de la UPNA a otras bibliotecas y centros de documentación que los soliciten.
Los documentos obtenidos en préstamo interbibliotecario se facilitan únicamente con fines de investigación personal de carácter cultural o científico. La persona usuaria final responderá del uso de los mismos de acuerdo con la Ley de Propiedad Intelectual (RD 1/1996 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual).
Este servicio tiene un coste adicional para la UPNA, ya que la prestación del mismo supone el pago a las instituciones proveedoras por el suministro de los documentos.
El Servicio de Préstamo Interbibliotecario de la Biblioteca de la UPNA respeta los acuerdos establecidos por la CRUE-REBIUN (Red de Bibliotecas Universitarias Españolas) y los principios y directrices de procedimiento de préstamo interbibliotecario de la IFLA (Federación Internacional de Asociaciones e Instituciones Bibliotecarias).
El Servicio de Préstamo Interbibliotecario tiene la obligación de cumplir y de hacer cumplir la legislación vigente en materia de derechos de autor y de propiedad intelectual, así como las disposiciones de uso de las publicaciones que establezcan las bibliotecas proveedoras, y así debe comunicárselo a las personas usuarias finales.
Público destinatario
Se pueden solicitar:
Libros en préstamo, artículos de revistas (en papel o electrónicas), tesis doctorales en préstamo, partes de libros y material audiovisual.
No se pueden solicitar:
Obras de referencia, números completos de revista, libros electrónicos y normas técnicas.
Obras que sean de muy reciente publicación disponibles en el mercado editorial.
Libros antiguos cuyo préstamo dependerá de la biblioteca prestataria.
Para tener acceso a este servicio es necesario darse de alta en el Servicio de Préstamo Interbibliotecario. Posteriormente, los documentos se pueden solicitar en alguna de las tres bibliotecas de la Universidad, o por medios electrónicos (web y correo-e).
En cumplimiento de los art. 16, 18 y 21 del Reglamento de la Biblioteca, las personas usuarias deben comprometerse a :
El no cumplimiento de los anteriores compromisos así como las siguientes conductas infractoras, podrá comportar la suspensión total o parcial de la condición de persona usuaria del servicio y, en su caso, las sanciones que se recogen a continuación:
El servicio de préstamo interbibliotecario está sujeto a unas tarifas, recogidas en los acuerdos CRUE-Rebiun, y los de otros organismos bibliotecarios.
El servicio se ofrece sin coste a los miembros de la UPNA (ver Público destinatarios. 1) siempre y cuando exista disponibilidad en la partida presupuestaria de la Biblioteca destinada al efecto.
Las tarifas de aplicación, a excepción del personal de la comunidad universitaria (ver Público destinatario. 1), serán las aprobadas anualmente por la Universidad y publicadas en la página web del Servicio de Préstamo Interbibliotecario.
Es un servicio concebido para que estudiantes de la UPNA dispongan de instalaciones que favorezcan la elaboración de trabajos en equipo.
Las salas de trabajo en grupo están dotadas de equipamiento informático a diferencia de las mesas de trabajo colaborativo.
Están destinadas exclusivamente a todos los estudiantes de la UPNA en activo.
Para el uso de las salas de trabajo en grupo y de las mesas de trabajo colaborativo es obligatorio hacer
una autorreserva online o de manera presencial en los mostradores de la biblioteca. Se puede realizar
hasta con 7 días de antelación.
La cancelación de una reserva se podrá efectuar online o de manera presencial en los mostradores de
la biblioteca hasta antes del inicio de su uso.
La reserva quedará automáticamente cancelada si transcurridos 15 minutos desde el comienzo del
horario reservado no se hace uso de la sala.
Las salas se reservarán por un máximo de 2 horas. Se podrá hacer una nueva reserva solo en el caso
de que alguna sala esté libre.
Las salas no son de uso individual, se requiere un mínimo de dos personas para su uso, siendo el
número máximo en función de los puestos de cada sala.
La persona que ha realizado la reserva tiene que realizar el check in escaneando el QR de la mesa para
iniciar el uso del servicio y realizar el check out al abandonar la sala.
Las personas usuarias se comprometen a respetar el mobiliario, las instalaciones y las colecciones que
estén utilizando y dejar la sala en perfectas condiciones para el siguiente uso.
Si al entrar un nuevo grupo en la sala, se encuentra con que no está en las condiciones adecuadas
deberá notificarlo en el mostrador, ya que la responsabilidad por el uso indebido corresponderá al
último grupo que la haya ocupado.
Serán de aplicación las disposiciones previstas en el Reglamento de la Biblioteca y en las normas básicas de acceso y uso de la Biblioteca, y, específicamente, el uso indebido de las salas de trabajo en grupo conllevará la suspensión del servicio temporal o definitivamente ivamente a las personas del grupo y, en su caso, la reposición de los bienes que hubiesen resultado dañados.
Es un servicio dirigido al personal investigador de la UPNA que necesiten disponer de un espacio reservado individual en el que realizar un trabajo continuado de investigación y utilizar abundante bibliografía de la Biblioteca.
Se dispone de este servicio en las instalaciones de la Biblioteca del Campus de Arrosadia.
Este servicio está destinado a personal docente visitante y a doctorandos matriculados en tutela académica sin vinculación contractual con la UPNA. Secundariamente y dependiendo de la disponibilidad se podrán atender otras solicitudes de personal docente e investigador que, temporalmente, no dispongan de ubicación fuera de la biblioteca o que requieran utilizar abundante bibliografía de las colecciones de la misma.
Se pueden solicitar en cualquier momento del año en cualquiera de los mostradores de las oficinas con gabinetes del campus de Arrosadia o en línea desde la web de la Biblioteca, cumplimentando el formulario de solicitud.
Los gabinetes se adjudican por un máximo de un año, renovable siempre que persistan las condiciones que justificaron la concesión. La renovación se llevará a cabo anualmente.
Cuando la demanda de gabinetes sea mayor a la oferta, la Biblioteca realizará una convocatoria de asignación de gabinetes.
Todas las obras de la biblioteca que se alojen en el gabinete deben estar prestadas. Las obras no prestables, revistas y obras de referencia, así como las que no se requieran en préstamo se deben consultar y devolver a la estantería el mismo día.
La persona usuaria debe solicitar y devolver las llaves en el mostrador de la oficina cada vez que lo utilice. Las llaves no se pueden sacar de la Biblioteca.
El gabinete es de uso personal e intransferible. No está permitido realizar reuniones.
A todos los efectos, es de aplicación para estas personas usuarias el Título IV, del Reglamento de la Biblioteca sobre Régimen de utilización del servicio bibliotecario y régimen de garantías.
Finalizada la concesión del gabinete, la persona usuaria está obligada a retirar todos sus objetos personales.
La Biblioteca no se hace responsable de los objetos depositados en los gabinetes, ni de los objetos que las personas usuarias no recojan terminada la concesión del gabinete.
El personal de la biblioteca está autorizado a acceder a los gabinetes para realizar los controles rutinarios de uso de gabinetes.
Serán de aplicación las disposiciones previstas en el Reglamento de la Biblioteca y en las normas básicas de acceso y uso de la Biblioteca y, específicamente, si no hay aviso motivado de no utilización del gabinete durante 3 meses o hay un uso indebido, la Biblioteca procederá a cancelar el servicio hasta nueva solicitud y disponibilidad, en su caso.
Es un servicio para fomentar el aprendizaje basado en la actividad, donde la comunidad universitaria puede crear y desarrollar trabajos, compartir conocimiento y explorar nuevas tecnologías.
Personas destinatarias
Está dirigido a la comunidad universitaria. Para determinadas actividades programadas y supervisadas por el personal del maker se permitirá el acceso a organismos, empresas o personas individuales que no pertenezcan a la comunidad universitaria, previa solicitud a la Dirección de la Biblioteca.
Acceso
El acceso al espacio maker es libre, aunque todas las personas usuarias deberán presentar el correspondiente carné universitario, DNI, pasaporte, o permiso de conducir en el que conste fotografía para el préstamo de herramientas y equipamiento.
Se requiere la realización de un curso de capacitación para el uso del equipamiento.
Préstamo de equipamiento y herramientas
El préstamo de herramientas y equipamiento se solicitará en el mostrador del maker en el momento del uso.
Las herramientas y equipamiento que se prestan son:
Solo se permite el préstamo de una tipología de equipamiento simultáneamente.
Para el uso de la pantalla y de la zona de presentaciones es necesario rellenar un formulario web, indicando el tiempo de uso y si se requiere cerrar el espacio maker para la actividad. También se permitirá el uso inmediato si no hay reservas.
Uso del servicio
Las personas usuarias deben solicitar el uso del equipamiento en el mostrador y avisar cuando finalicen su uso.
Las llaves de las taquillas se recogerán y devolverán en el mostrador finalizado el plazo de préstamo.
Finalizado el uso del espacio y el equipamiento, la persona usuaria está obligada a retirar todos sus objetos personales. La Biblioteca retirará todos los objetos o material para garantizar la máxima disponibilidad del equipamiento.
Las personas usuarias son responsables del material prestado, de su custodia y cuidado durante el período de préstamo. El material ha de ser devuelto en las mismas condiciones en que se ha prestado.
Se debe comunicar cualquier anomalía o mal funcionamiento de cualquiera de las herramientas o equipamiento al personal de la biblioteca.
Las personas usuarias se comprometen a respetar el mobiliario, las instalaciones y las colecciones que estén utilizando y dejar la sala en perfectas condiciones para el siguiente uso.
Al terminar el uso del maker hay que limpiar y ordenar lo que se haya utilizado.
No se permite comer ni beber en todo el espacio maker.
La biblioteca no se hace responsable de los posibles daños del material depositado en el maker.
Se atenderán y cumplirán las instrucciones en materia de seguridad.
Incumplimiento de la normativa
Serán de aplicación las disposiciones previstas en el Reglamento de la Biblioteca y en las normas básicas de acceso y uso de la Biblioteca, y, específicamente, el uso indebido del espacio maker conllevará la suspensión del servicio temporal o definitivamente a las personas usuarias y, en su caso, la reposición de los bienes que hubiesen resultado dañados.
El área de Fondo Antiguo y colecciones especiales de la Biblioteca de la UPNA es la encargada de custodiar, difundir, preservar, procesar y enriquecer el patrimonio bibliográfico histórico de la UPNA.
Los fondos que integran esta colección son para uso exclusivo de investigación.
La normativa de este servicio es un desarrollo del Reglamento de la Biblioteca y está redactada conforme a la legislación vigente sobre patrimonio bibliográfico español y cultural de Navarra, cumpliendo lo establecido en la misma en cuanto a su custodia, protección, preservación, enriquecimiento y difusión y a la que en el futuro modifique y actualice la normativa vigente.
Personal docente e Investigador de la UPNA
Personal investigador externo que requiera consultar la colección con fines de investigación.
La reproducción de los documentos quedará supeditada a la salvaguarda de la integridad del documento como bien cultural patrimonial y siempre primará el estado de conservación del ejemplar a reproducir.
La Biblioteca facilitará reproducciones de su fondo histórico en las siguientes condiciones:
El préstamo de obras para exposiciones o edición de reproducciones facsímiles, quedará supeditada a la salvaguarda de la integridad del documento como bien cultural patrimonial y siempre primará el estado de conservación del ejemplar.
Deberá ser autorizado por el Rector o Vicerrector competente, previo informe favorable de la dirección de la Biblioteca, y siempre con la contratación de un seguro que cubra los posibles percances que pudiera sufrir la obra mientras esté fuera de sus instalaciones.
Siendo de aplicación el Título IV del Reglamento de la Biblioteca, así como el resto de los títulos recogidos en el mismo, serán sancionables las siguientes conductas infractoras:
Los casos precedentes, así como cualesquiera otros supuestos especialmente graves, se pondrán en conocimiento del Rector o del Vicerrector competente, para los efectos que procedan.
(1)
El servicio de adquisiciones bibliográficas es la unidad encargada de gestionar la compra de libros y publicaciones en todo tipo de soporte, con independencia de la unidad de gasto y partida presupuestaria que se aplique (biblioteca, departamento, grupos y proyectos de Investigación, y cualquier otra con dotación para inversión bibliográfica), como apoyo del aprendizaje, la investigación, docencia y gestión.
Las publicaciones pueden ser: libros impresos y electrónicos, discos compactos, material gráfico y audiovisual, DVD, y otros formatos que pudiesen ser objeto de adquisición bibliográfica.
Todas las obras ingresadas en la Biblioteca de la UPNA a través de cualquier partida presupuestaria pasan a formar parte del patrimonio bibliográfico de la Universidad a todos los efectos.
Bibliografía docente y de investigación: puede solicitarla el personal docente e investigador, siempre que esté firmada por la persona autorizada responsable del gasto.
Bibliografía recomendada para alumnos de grado o posgrado: puede solicitarla el personal docente e investigador directamente al servicio de Adquisiciones Bibliográficas.
Todas las personas de la universidad (PDI y PAS, en activo, o estudiante) podrá sugerir la compra de las publicaciones (manuales y obras generales, fundamentalmente) que crea necesarias como apoyo al aprendizaje, la investigación, docencia y gestión, con cargo al presupuesto de la Biblioteca. La Biblioteca se reserva el derecho de cursar la solicitud en virtud de las disponibilidades presupuestarias y de su política de gestión y formación de las colecciones.
Material que se puede solicitar
Material que NO se puede solicitar
Se podrán recibir solicitudes durante todo lo año.
El límite de plazo para la recepción de solicitudes de compra de bibliografía viene determinada anualmente por las normas reguladoras del cierre y liquidación de los presupuestos de la Universidad Pública de Navarra.
Las personas peticionarias deben consultar el catálogo de la Biblioteca antes de realizar sus solicitudes para agilizar la gestión de las mismas. La Biblioteca atenderá solo excepcionalmente la compra de ejemplares duplicados.
La Biblioteca se responsabiliza de la selección adecuada de los proveedores en función de la materia y tipo de publicación solicitado.