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La Universidad Pública de Navarra, de acuerdo con nuestro Plan de Prevención de Riesgos Laborales, hemos establecido un procedimiento con el fin de dar cumplimiento al artículo 24 de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales y a los R.D. 171/2004 y 1627/97; cuando actuamos como empresa principal o titular.
Con el fin de facilitar su aplicación agruparemos los modos de actuación en función de los supuestos recogidos en la legislación y que se describen a continuación:
Dada la naturaleza de estas contrataciones, el procedimiento se fija de forma particular con cada una de las empresas contratadas en función de las características propias de la contratación (horario, edificios, concurrencia de trabajadores, etc.).
Con carácter general, las actuaciones que se solicitan a las empresas concurrentes seguirán el siguiente esquema.
La empresa candidata a la adjudicación, deberá realizar un informe técnico que adjuntará a la oferta, donde analizará de forma detallada el trabajo a realizar, detallando equipos de trabajo y materiales a utilizar; procedimientos a seguir; etc.
La empresa que resulte adjudicataria deberá presentar, antes del inicio de los trabajos, la información sobre los riesgos específicos para los trabajos objeto del contrato, con indicación de aquellas actividades a desarrollar que puedan afectar a trabajadores de otras empresas concurrentes en la Universidad, y las medidas de prevención y protección a tener en cuenta. Esto podrá ser realizado mediante la cumplimentación de los formularios siguientes:
La empresa adjudicataria designará un Interlocutor para el intercambio de la información e instrucciones, así como los Recursos preventivos, cuando legalmente sean exigibles o se acuerde por la especial trascendencia o dificultad de los trabajos a realizar.
Se programará un calendario de reuniones ordinarias (previa al inicio de los trabajos y periódicas), con la participación del Servicio de Prevención de la empresa contratada.
Con carácter previo al inicio de la actividad, la Universidad le hará entrega de la información sobre los riesgos propios del centro de trabajo, de las medidas preventivas y de emergencia a aplicar, lo cual será incorporado a su evaluación de riesgos de la actividad a desarrollar en la Universidad.
La empresa contratista informará a sus trabajadores de los riesgos propios de la actividad y del entorno en el que se desarrollará esta, así como de las medidas preventivas y de emergencia a tener en cuenta.
Previo a la realización de una actividad peligrosa, la empresa contratista recibirá la autorización de dicha realización por parte de la Universidad.
La empresa adjudicataria se compromete a cumplir y hacer cumplir la legislación aplicable en materia de prevenciónde riesgos laborales y normas internas UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA, vigilando su cumplimiento a través de los recursos preventivos, cuando sea necesaria su presencia, y/o del responsable de la ejecución del contrato.
La empresa adjudicataria comunicará a la Universidad cualquier actualización de información referente a la ejecución de la obra: listado de trabajadores, subcontrata de actividad, evaluación de riesgos, actuaciones no previstas, etc.
La empresa adjudicataria comunicará los accidentes de trabajo y de forma inmediata las situaciones de emergencia y/o riesgos no identificados previamente. Esto se podrá ser realizado mediante la cumplimentación de los formularios siguientes:
La empresa adjudicataria participará activamente en las reuniones ordinarias previstas y en las extraordinarias que puedan ser convocadas.