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¿Qué organizaciones pueden participar en el programa TalentUpna?
Todas aquellas entidades que ofrezcan una estancia práctica con un proyecto formativo adecuado a las características del programa.
¿Qué duración tiene el programa?
La estancia práctica en la entidad colaboradora puede tener una duración de 450, 600 o 750 horas. Adicionalmente, hay que añadir las 105 horas de formación lectiva en la UPNA.
¿Qué requisitos debe cumplir la práctica?
La estancia práctica debe contar con un proyecto formativo (Plan de Formación Experiencial) en el que el alumnado desarrolle las competencias estudiadas en el posgrado TalentUPna. Este Plan de Formación Experiencial debe ser supervisado y evaluado por un tutor o tutora en la entidad colaboradora, que velará por el cumplimiento de la formación prevista.
¿Qué requisitos debe cumplir el estudiantado?
Pueden participar en el programa personas con titulación universitaria y estudiantes de último curso de cualquier universidad a quienes les resten un máximo de 30 ECTS de asignaturas o el Trabajo Fin de Estudios y que cumplan las siguientes condiciones:
¿Debo permitir al alumnado asistir a las clases en la universidad?
Sí. La parte de formación en el aula es intrínseca al programa. La entidad deberá, por tanto, facilitar en todo momento al alumnado la asistencia a las horas de formación, tanto presenciales como on-line.
Además, el o la estudiante debe poner en práctica las competencias estudiadas en el aula mediante actividades propuestas por el cuadro docente y tutorizadas por una persona de la entidad.
¿Puedo rescindir el convenio?
En el supuesto de que la entidad colaboradora rescinda el convenio comunicará por escrito con 15 días de antelación a la Fundación la fecha y motivos de la rescisión.
¿Qué debo hacer en caso de insatisfacción con el desempeño del alumno?
Al ser un programa formativo, se deberá intentar reconducir la situación a través de la persona tutora de la entidad.
Durante el programa se realiza una labor de acompañamiento e información a las personas participantes y al tutor o tutora de la organización colaboradora, acompañándoles e interviniendo si fuera necesario para que la experiencia resulte lo más satisfactoria para ambas partes y se cumplan los objetivos previstos.
Para cualquier aclaración, deberá ponerse en contacto con fundacion.gestionpracticas@unavarra.es (948 16 98 12).
¿Puedo prorrogar el convenio? ¿En qué casos?
El programa no permite prórrogas.
¿Qué cuantía económica debo abonar?
La aportación económica comprenderá una ayuda al estudio (importe de la beca, cotizaciones obligatorias a la Seguridad Social y pago de la matrícula del posgrado TalentUPna). Además, la entidad se hará cargo del importe correspondiente a los gastos de gestión derivados de la documentación necesaria para la formalización de la práctica y el seguro que cubre la estancia del estudiante.
¿Cómo se gestiona el alta del estudiante en la Seguridad Social?
La Fundación gestiona el alta en la Seguridad Social. En circunstancias excepcionales, si la organización es la que da de alta, deberá comunicárselo previamente a la Fundación para que quede recogido en el convenio específico.
¿Qué documentación recibe la entidad?
¿Qué debo hacer en caso de baja o accidente?
Cada estudiante, al firmar el convenio en prácticas, recibirá el seguro donde está especificado cómo actuar en caso de siniestro.
¿Tiene la persona participante derecho a vacaciones y permisos?
Las personas participantes en el programa TalentUpna realizarán un máximo de 450, 600 o 750 horas, más todas las horas del plan formativo (105 horas).
El programa no recoge un periodo vacacional como tal; no obstante, la estancia práctica deberá distribuirse con arreglo a un calendario y un horario que permita completar la formación lectiva, el aprendizaje práctico y que la persona participante ejercerza el derecho al descanso y al ocio.