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Si su organización está interesada en participar en el programa TalentUPna acogiendo a un estudiante para realizar una estancia práctica formativa, estos son los pasos que debe seguir:
- Alta en la Seguridad Social de la persona seleccionada.
- Convenio de prácticas para la firma de las partes.
- Seguro de accidentes y responsabilidad civil.
La estancia práctica se articula mediante la firma de un convenio en prácticas, no de un contrato laboral, y está sujeta a lo dispuesto en el RD 592/2014 de 11 de julio y en el Reglamento Regulador de las Prácticas Externas de los estudiantes de la Universidad Pública de Navarra, en el que se regulan las prácticas académicas externas de los y las estudiantes universitarios.
En virtud del Real Decreto 1493/2011 de 24 de octubre, a las personas tituladas que cursen este programa, la Fundación UPNA les deberá dar de alta en la Seguridad Social y cotizar por ellas como asimiladas al régimen general.
La cuantía económica percibida por quien participa es en concepto de ayuda al estudio y no de salario.
En el supuesto de que la entidad rescinda el convenio, comunicará a la Fundación por escrito y con antelación suficiente la fecha y motivos de la rescisión.
La entidad o institución colaboradora financia el posgrado TalentUPna mediante una aportación al fondo de Becas de la Fundación UPNA.
Ante cualquier duda o gestión necesaria, contacte con Ana Redín o David Arguiñano. (948 16 98 12 / ana.redin@unavarra.es / david.arguinano@unavarra.es).