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Jueves 23 de febrero de 2012

Aprobada la nueva normativa que regula las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto 1707/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece la nueva regulación de las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios para que sean más acordes al nuevo marco establecido tras la adaptación al Espacio Europeo de Educación Superior.

De esta manera, el texto desarrolla, precisa y aclara aspectos como los referidos a los objetivos de las prácticas, entidades colaboradoras y destinatarios, requisitos, tutorías y contenidos de los convenios de cooperación educativa.

El Real Decreto define de forma más amplia los destinatarios de las prácticas, que serán aquellos estudiantes matriculados en enseñanzas universitarias, al mismo tiempo que fija los requisitos que han de cumplir para su realización.

En cuanto a los fines que se pretenden alcanzar con la realización de las prácticas, se recoge la importancia de la contribución a la formación integral de los estudiantes, el desarrollo de competencias técnicas, metodológicas, personales y participativas, así como la obtención de una experiencia práctica que facilite la inserción en el mercado de trabajo y mejore su empleabilidad futura.

Se establece además un contenido mínimo de los convenios que deberán firmarse para regular las estancias prácticas de los alumnos, con la inclusión del proyecto formativo, el régimen de permisos, las condiciones de rescisión anticipada de la práctica en caso de incumplimiento de sus términos, la existencia, en su caso, de una bolsa o ayuda de estudios para el estudiante y la forma de su satisfacción, la protección de sus datos y la regulación de los eventuales conflictos surgidos en su desarrollo, así como los términos del reconocimiento de la Universidad a la labor realizada por los tutores de la entidad colaboradora.

Cabe destacar que en su disposición adicional primera se establece la exclusión del ámbito de aplicación de la Seguridad Social a los estudiantes universitarios que realicen las prácticas académicas externas a que se refiere el Real Decreto. De este modo, las entidades colaboradoras (empresas, instituciones y entidades públicas y privadas) sólo tendrán la obligación de cotizar, en virtud del Real Decreto 1493/2011 de 24 de octubre, por los titulados universitarios que participen en programas formativos de prácticas, al quedar asimilados a trabajadores por cuenta ajena a efectos de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social.
  

 

 

 


 


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