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Normativa de evaluación de estudios de Grado

Extracto de la Norma de Estudios de Grado y de la Normativa reguladora de los procesos de evaluación en la Universidad Pública de Navarra

         - CONVOCATORIAS                                                            - MODIFICACIÓN DE LA FECHA

         - SISTEMAS DE EVALUACIÓN                                          - PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y TDAH

         - RESULTADOS Y REVISIÓN                                             - USO DE MEDIOS FRAUDULENTOS

         - CALIFICACIÓN                                                 
       

Convocatorias

1.-Número de convocatorias

  • El estudiante tendrá derecho a 6 convocatorias para superar cada asignatura. Tendrán el carácter de ordinarias las cuatro primer as convocatorias de cada asignatura y tendrán el carácter de extraordinarias las dos últimas convocatorias. Los estudiantes podrán solicitar que la evaluación de las dos últimas convocatorias sea realizada por un Tribunal: Cómo tramitar
  • La matrícula en cualquier asignatura comprenderá, a efectos de evaluación, una convocatoria.
  • En la 1ª y 2ª matrícula de una asignatura, el estudiante no consumirá convocatoria cuando en el acta sea calificado como “No presentado”.
  • En la 3ª y siguientes matrículas de una asignatura, cuando en el acta sea calificado como “No presentado” sí se consumirá la convocatoria.

2.- Adelanto de convocatoria

Requisitos para solicitarla:

  • Que le queden como máximo el 10% de los créditos de su plan de estudios (sin contar el Trabajo Fin de Estudios)
  • Que estos créditos que le quedan los hayan matriculado y hayan sido evaluados previamente en al menos una convocatoria.
  • Se solicita el adelanto de un máximo de 12 ECTS pendientes.

Los estudiantes que hayan solicitado adelanto de la prueba de evaluación, quedarán incluidos en un acta extraordinaria que se habilitará en el periodo de realización de dicha prueba.

Se solicita el adelanto de convocatoria de todos los créditos pendientes, a uno de los plazos establecidos en el calendario académico, de forma que permita al estudiante finalizar los estudios

Cómo tramitar

Sistemas de evaluación

1.- Evaluación continua

  • La guía docente deberá recoger los criterios y actividades de evaluación de cada asignatura: peso porcentual de la actividad en la nota final, calificación mínima a obtener, caracter recuperable o no de la actividad, si es obligatoria o no, entre otra información. Además explicitará sin ambigüedad la forma de obtener la calificación final, así como la condición de "no presentado".
  • Con carácter general, la evaluación será continua en todas las asignaturas y podrá ser completada por una evaluación final al final de cada semestre dentro del periodo lectivo.
  • La asistencia a las clases teóricas no podrá plantearse como requisito para superar la asignatura, aunque la participación activa podrá puntuar de manera positiva en la calificación final.
  • El estudiante recibirá periódicamente información de los resultados de las actividades que configuren el conjunto de la evaluación continua.

2.- Evaluación de recuperación

  • Para cada asignatura existirá una prueba de evaluación de recuperación al final del semestre, fuera del periodo lectivo y de evaluación continua.
  • Los estudiantes podrán solicitar que la prueba de evaluación de recuperación la realice un tribunal específico de la asignatura, compuesto por tres profesores del departamento/s al que esté adscrita la docencia. La solicitud se presentará con un mes de antelación al inicio de proceso de evaluación, mediante escrito motivado dirigido al director/a o decano/a del Centro.

      Cómo tramitar

La convocatoria de pruebas finales de evaluación y recuperación se publicará en la secretaría del Centro y en su página web antes de la matrícula de cada curso, con indicación del lugar, día y hora del examen. Tales fechas serán fijadas por el Centro, oído el profesorado de cada asignatura y los representantes de los estudiantes.

Modificación de la fecha de examen

1.- Modificación de la fecha de evaluación

  • La Dirección del Centro, oído el profesorado responsable de la asignatura y los representantes de los estudiantes, podrá acordar con carácter excepcional un cambio en la fecha de evaluación.

2.- Modificación individual

El estudiante podrá solicitar la modificación individual de la fecha de examen:

  • Si coincide con la convocatoria de Claustro, Consejo de Gobierno, Consejo Social, Junta de Centro o Consejo de Departamento y el estudiante es miembro del órgano convocado.
  • Si coinciden en el día y la hora dos o más exámenes de su titulación. La primacía entre asignaturas seguirá este orden: formación básica, obligatoria y optativa. Si son de de igual rango, se mantendrá la fecha de examen de la asignatura del semestre inferior.
  • Si coincide en el día y la hora con competiciones deportivas universitarias en las que oficialmente intervenga la Universidad y el estudiante la represente.
  • Para los estudiantes en programas de movilidad, el solape del calendario de la universidad de destino con el periodo de evaluación del semestre diferente al de movilidad.
  • Cualquier otra que el profesor responsable considere suficiente.

En estos supuestos, se fijará una nueva fecha de común acuerdo entre el profesor y el interesado. A falta de acuerdo, el estudiante podrá solicitar el cambio de fecha al decano/a, director/a del Centro correspondiente, que resolverá en máximo 15 días.

Cómo tramitar

 

Comunicación de resultados y revisión

1.- Comunicación resultados

  • El estudiante tendrá derecho a ir conociendo su calificación en cada una de las actividades de evaluación recogidas en la guía docente de la asignatura. Estas calificaciones tendrán inicialmente, carácter provisional.
  • Los resultados de las pruebas y actividades de evaluación deberán hacerse públicas en el plazo máximo de 30 días y al menos 3 días hábiles antes de la fecha de la última prueba de evaluación del semestre, e igualmente para la prueba  de evaluación de recuperación.
  • El estudiante tendrá derecho a conocer la calificación provisional por lo menos menos 3 días hábiles antes de la fecha de la evaluación de recuperación.
  • La calificación final se le comunicará una vez finalizado el periodo de evaluación de recuperación del semestre académico, antes de su inclusión en el acta.

2.- Revisión

  • Los estudiantes tienen derecho a revisar personalmente las calificaciones provisionales de todas las pruebas de evaluación y trabajos y a recibir del profesorado las oportunas explicaciones orales sobre la calificación.
  • El profesorado responsable de una prueba de evaluación cuando su calificación condicione la participación en otra prueba, deberá hacerla pública y revisarla, con una antelación mínima de 3 días hábiles indicando, junto con las calificaciones, el lugar, la fecha y horario de la revisión.
  • Junto con la publicación de las calificaciones finales provisionales se hará público con una antelación mínima de 2 días hábiles, el lugar, la fecha y los horarios de la revisión, que deberá ser al menos de un día en horario de mañana y tarde.
  • Revisada la calificación final, si el estudiante no estuviera conforme, podrá recurrirla mediante escrito motivado dirigido al director del Departamento o departamentos correspondientes, en el plazo de 2 días hábiles desde la revisión. Un tribunal compuesto por tres miembros del Departamento o departamentos, entre los que no podrá encontrarse el profesorado del grupo docente de la asignatura, resolverá en el plazo máximo de 10 días.
  • Contra esta resolución cabe un recurso de alzada ante el Rector, que no paralizará el procedimiento de cumplimentación y entrega de actas.


 

Atención a la diversidad funcional (TDAH)

Los estudiantes con necesidades especiales derivadas de discapacidad o de Trastornos de aprendizaje y Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH) tendrán las mismas garantías en los procesos de evaluación que el resto de los estudiantes.

Estos estudiantes podrán comunicarlo a la Universidad que, en su caso, los derivará a la Unidad de Acción Social para su valoración y determinación de los recursos, mecanismos o ayudas apropiados.

Las adaptaciones para la realización de los exámenes podrán incluir metodologías, utilización de ayudas técnicas, modificación de tiempo de examen, flexibilización del calendario académico u otras actuaciones, en función de la valoración individua/ del estudiantado, nunca una disminución del nivel académico exigido.

Cómo tramitar

 

Sistema de calificación

1.- Calificaciones

Para los estudiantes presentados a evaluación cada asignatura se calificará de 0 a 10, con un único decimal:
     0-4.9:      Suspenso  (SS)
     5.0-6.9:   Aprobado  (AP)
     7.0-8.9:   Notable  (NT)
     9.0-10:    Sobresaliente (SB)
     9,0-10:    Matrícula  de Honor  (MH)

Si el número de estudiantes matriculados y presentados a evaluación lo permite se añadirá la escala nominal denominada escala ECTS:
      A : la calificación está entre el 10% de las mejores calificaciones que superan la asignatura.
      B: la calificación está en el 25% siguiente.
      C: la calificación está en el 30% siguiente.
      D: la calificación está en el 25% siguiente.
      E: la calificación está en el 10% siguiente.
      La denominación F se aplicará al caso en el que la asignatura no haya sido superada. Se podrá utilizar la calificación FX para indicar que se está cerca de conseguir superar la asignatura y F para indicar que aún se está lejos de conseguirlo

2.- Matrícula de honor

La mención de Matrícula de Honor podrá ser otorgada si han obtenido una calificación igual o superior a 9.0.

Su número no podrá exceder del 5% de los estudiantes matriculados en un mismo grupo docente de una asignatura en el correspondiente curso académico, salvo que el número de estudiantes matriculados sea inferior a 20, en cuyo caso se podrá conceder una sola Matrícula de Honor.

 

Medios fraudulentos

Cualquier estudiante que se valga de medios fraudulentos en una prueba de evaluación, utilice material no autorizado expresamente por el profesorado, así como cualquier acción no autorizada dirigida a la obtención o intercambio de información con otras personas, podrá ser calificado de suspenso y ser objeto de sanción, previa apertura de expediente disciplinario.

El punto anterior será de aplicación a quienes copien y quienes hayan sido copiados, siempre y cuando se demuestre la falta de probidad de estos últimos o, con menor grado de responsabilidad, la negligencia en el cuidado de su material.

Cualquier estudiante que disponga o se valga de medios fraudulentos en la realización de un trabajo académico requerido para su evaluación, como el plagio y la utilización de material no original (salvo aquel autorizado explícitamente por el profesorado), sin indicación expresa de su procedencia y, si es el caso, permiso de su autor, podrá ser suspendido calificado de suspenso y ser ser objeto de sanción, previa apertura de expediente disciplinario.

Cuando se detecte o se tenga la sospecha del uso de medios fraudulentos, el profesorado podrá revisar las pruebas de evaluación y los trabajos previos durante el semestre, pudiendo realizar una prueba especial al estudiante sobre el que recaiga sospecha. En tal caso, podrá modificar las calificaciones provisionales otorgadas si hay evidencias de fraude, previa audiencia del estudiante antes de elevar a definitivas las calificaciones finales.