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El profesorado de las universidades puede celebrar contratos con personas o entidades para la realización de trabajos científicos, técnicos o artísticos, o actividades específicas de formación, al amparo del artículo 60 de la LOSU (L.O. 2/2023). El art 138 de los Estatutos de la UPNA, así como el Reglamento vigente al respecto, regulan esta actividad en nuestra Universidad.
La Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI), del Servicio de Investigación, gestiona estas actividades, facilitando al personal investigador desde la negociación de las condiciones del contrato hasta el cierre administrativo del mismo, pasado por la facturación y la gestión de todos los gastos que correspondan.
Para ampliar información póngase en contacto con el Servicio de Investigación
(servicio.investigacion@unavarra.es, 948 16 9781).