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Másteres: matrícula 

 

Modificación y anulación de matrícula

 

Una vez realizada la matrícula de máster en la UPNA, es posible realizar modificaciones como el cambio de asignaturas o la aplicación de exenciones y becas que no se habían incluido al hacer la matrícula. También es posible anular la matrícula de forma completa o parcial, en los casos y plazos previstos.

Modificación de matrícula


La modificación de matrícula permite, entre otros supuestos, el cambio de asignaturas (sustitución, supresión o adición), o la aplicación de exenciones y becas previamente no utilizadas.

Normativa:


Se permite sustituir asignaturas matriculadas por otras no matriculadas de igual o superior número de créditos, siempre que se respete lo establecido en las normas reguladoras de los estudios de máster universitario sobre la ordenación temporal de los créditos matriculados (artículo 27).

Plazo de solicitud: hasta 10 días después del comienzo de la impartición de la asignatura, siempre que no haya finalizado su docencia.

Sustitución de asignaturas: cómo tramitar Sustitución de asignaturas: cómo tramitar


Se permite añadir asignaturas a las ya matriculadas, siempre que se respeten los límites de créditos establecidos en la normativa.

Plazo de solicitud: hasta 10 días después del comienzo de la impartición de la asignatura, siempre que no haya finalizado su docencia.

Añadir asignaturas: cómo tramitar Añadir asignaturas: cómo tramitar


Se permite la eliminación de asignaturas de la matrícula en los siguientes casos:


El estudiante puede eliminar de la matrícula una o varias asignaturas siempre que no contravenga lo establecido en las normas reguladoras de los estudios de máster universitario.

Para eliminar asignaturas, se deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • El acta de evaluación de la asignatura no esté cerrada en el momento de la solicitud.
  • No se haya impartido más de la mitad de la asignatura.
  • La renuncia no suponga el incumplimiento de la normativa de másteres sobre el mínimo de créditos que se deben matricular por curso académico.

Condiciones:

  • No conlleva la devolución del importe abonado.
  • Podrá solicitarse una única vez por asignatura.
  • Solo es válida para asignaturas matriculadas por primera vez.
  • El estudiante deberá quedarse matriculado de un mínimo de 15 ECTS por curso académico.
  • Se deberá respetar, en todo caso, la secuencialidad prevista en las normas reguladoras de los estudios de máster.

Eliminación de asignaturas: cómo tramitar Eliminación de asignaturas: cómo tramitar


El estudiante puede solicitar la eliminación de la matrícula de una o varias asignaturas cuando concurran circunstancias excepcionales, sobrevenidas y debidamente justificadas que le impidan continuar cursándolas.

Las solicitudes serán resueltas por el vicerrectorado competente. En caso de que se estimen, se devolverá el importe de la matrícula.

Plazos de solicitud:

  • En el momento en que se produzca la circunstancia y antes de la evaluación de la asignatura.
     

Eliminación de asignaturas: cómo tramitar Eliminación de asignaturas: cómo tramitar


No poder cursar las asignaturas no superadas previamente en la UPNA y que coincidan con el periodo de movilidad en que participe el estudiante. Conlleva la devolución de los precios públicos.

Plazo de solicitud:

  • 10 días después de la formalización de la matrícula.
     

Eliminación de asignaturas: cómo tramitar Eliminación de asignaturas: cómo tramitar


Puede solicitarse la modificación de matrícula por no haber solicitado durante la matrícula la aplicación de una exención o bonificación o de algún concepto de pago que le sea necesario, como el fraccionamiento del pago.

Plazo de solicitud:

  • 10 días después de la formalización de la matrícula

Anulación de matrícula


Se permite la eliminación de asignaturas de la matrícula en los siguientes casos:


El estudiante puede eliminar de la matrícula una o varias asignaturas siempre que no contravenga lo establecido en las normas reguladoras de los estudios de máster universitario.

Para eliminar asignaturas, se deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • El acta de evaluación de la asignatura no esté cerrada en el momento de la solicitud.
  • No se haya impartido más de la mitad de la asignatura.
  • La renuncia no suponga el incumplimiento de la normativa de másteres sobre el mínimo de créditos que se deben matricular por curso académico.

Renuncia expresa del Trabajo Fin de Master:

  • hasta el 31 de julio de 2024 (curso 2023-24)
  • hasta el 31 de julio de 2025 (curso 2024-25)

Condiciones:

  • No conlleva la devolución del importe abonado.
  • Podrá solicitarse una única vez por asignatura.
  • Solo es válida para asignaturas matriculadas por primera vez.
  • El estudiante deberá quedarse matriculado de un mínimo de 15 ECTS por curso académico.
  • Se deberá respetar, en todo caso, la secuencialidad prevista en las normas reguladoras de los estudios de máster.

Eliminación de asignaturas: cómo tramitar Eliminación de asignaturas: cómo tramitar


El estudiante puede solicitar la eliminación de la matrícula de una o varias asignaturas cuando concurran circunstancias excepcionales, sobrevenidas y debidamente justificadas que le impidan continuar cursándolas.

Las solicitudes serán resueltas por el vicerrectorado competente. En caso de que se estimen, se devolverá el importe de la matrícula.

Plazos de solicitud:

  • En el momento en que se produzca la circunstancia y antes de la evaluación de la asignatura.
     

Eliminación de asignaturas: cómo tramitar Eliminación de asignaturas: cómo tramitar


No poder cursar las asignaturas no superadas previamente en la UPNA y que coincidan con el periodo de movilidad en que participe el estudiante. Conlleva la devolución de los precios públicos.

Plazo de solicitud:

  • 10 días después de la formalización de la matrícula
     

Eliminación de asignaturas: cómo tramitar Eliminación de asignaturas: cómo tramitar


Los estudiantes tendrán derecho a la anulación completa de la matrícula, sin necesidad de justificación, en los plazos establecidos:

  • Hasta el 2 de octubre o un mes después del inicio del curso académico del máster.
  • Si se formaliza la matricula una vez iniciado el curso: 1 mes desde la fecha de matrícula.

La anulación de la matrícula realizada en los plazos establecidos conllevará la devolución del 100% de los precios públicos abonados por los créditos matriculados, reconocidos o convalidados que no tengan calificación en acta en el curso cuya matrícula se pretenda anular.

En todo caso, aunque se anule la matrícula, se deberán pagar los precios públicos establecidos por apertura de expediente y los propios de la gestión administrativa.

Importante: el hecho de no pagar la matrícula no supone la anulación automática de la misma. Debe solicitarse expresamente su anulación.

En caso de no anularse la matrícula, se adquiere una deuda con la universidad que impide hacer cualquier trámite posterior, como el traslado de expediente a otra universidad, expedición de certificados o títulos, así como cualquier otra gestión académico-administrativa. Tampoco se podrá volver a matricular en cursos posteriores.

Anulación de matrícula Anulación de matrícula


Sin perjuicio de lo establecido para la anulación completa de matrícula, podrá anularse la matrícula a solicitud del estudiante en cualquier momento del curso académico cuando concurran circunstancias excepcionales, sobrevenidas y debidamente justificadas que le impidan continuar sus estudios durante el resto del curso.

Si alguna de las asignaturas matriculadas ya ha sido evaluada y la calificación consta en las actas de evaluación, estas asignaturas no se podrán anular.

Los estudiantes matriculados en el primer curso por primera vez a los que se les conceda la anulación por circunstancias excepcionales, sobrevenidas y debidamente justificadas, mantendrán el derecho de matrícula en los mismos estudios sin necesidad de volver a participar en el siguiente proceso de preinscripción. Esta plaza no se computará dentro del límite de admisión.

 

  • La anulación de la matrícula realizada en tiempo y forma conlleva la devolución del 100% de los precios públicos abonados por los créditos matriculados, reconocidos o convalidados que no tengan calificación en el acta del curso cuya matrícula se pretenda anular.
    En ningún caso se procederá a la devolución de los precios públicos establecidos por apertura de expediente y los propios de la gestión administrativa.
  • En caso de no anular la matrícula, se adquiere una deuda con la universidad que impide hacer cualquier trámite posterior como el traslado de expediente a otra universidad, expedición de certificados o títulos, así como cualquier otra gestión administrativa.
    El hecho de no pagar la matrícula no supone la anulación, debe solicitarse expresamente.
  • En caso de abandono de los estudios, el hecho de no pagar la matrícula previamente formalizada no supone su anulación automática. La anulación debe ser solicitada expresamente para no contraer una deuda con la universidad.