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Euskera

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Presentación

Los Estatutos de la Universidad Pública de Navarra dedican el capítulo V del Título IV al euskera en la Universidad. A lo largo de 8 artículos, desarrollan la regulación general del mismo, estableciendo el derecho de los miembros de la universidad a conocer y utilizar el castellano y el euskera y a recibir y ofrecer enseñanzas en euskera, regulando el uso de euskera y castellano en la documentación administrativa de uso interno y externo, determinando la utilización simultánea del bilingüismo en el paisaje lingüístico de la Universidad y disponiendo la creación de la Comisión de Planificación Lingüística y la de la Sección Técnica de Euskera.

Posteriormente, la Universidad ha desarrollado esta regulación general a través de otras normas como el “Documento de Bases para el Diseño de una Planificación Lingüística en la Universidad Pública de Navarra”, aprobado en Consejo de Gobierno de 21 de diciembre de 2004, que establece los objetivos, acciones y evaluación y seguimiento de la planificación lingüística en la Universidad.

El primer Plan Estratégico del Euskera 2007-09 fue aprobado por Consejo de Gobierno el 13 de marzo de 2007. En el mismo, a través de un análisis DAFO, se hace un diagnóstico exhaustivo de la situación del euskera en la Universidad, se definen los objetivos estratégicos y operativos para la planificación lingüística, y se detallan las actuaciones concretas a desarrollar, tanto en el ámbito de la docencia, como en el administrativo e institucional.

Fruto de dicho plan, año tras año se ha ido ampliando la oferta de asignaturas en euskera en las titulaciones de la Universidad. En el ámbito administrativo, se han ido aprobando progresivamente el “Documento de Directrices para el Uso del Euskera”, que define las líneas concretas del uso del euskera en la actividad administrativa e institucional de la Universidad, el “Manual de Desarrollo de las Directrices para el Uso del Euskera”, que establece el desarrollo práctico de las mismas y su aplicación en los distintos soportes de la Universidad, el “Acuerdo de las Directrices para el Establecimiento de los Perfiles Lingüísticos del Personal de Administración y Servicios”, y el documento de desarrollo del mismo, que asigna dichos perfiles a los distintos puestos de trabajo de Personal de Administración y Servicios.

La Dirección de Área de Planificación Lingüística, encuadrada en el Vicerrectorado de Enseñanzas, es la responsable de la planificación, desarrollo y ejecución de la política lingüística en la Universidad.