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Consejos Asesores

Los Consejos Asesores de las Facultades y Escuelas

La Universidad Pública de Navarra ha desarrollado en los últimos años diversas iniciativas con el objetivo de abrir su actividad formativa a la opinión del entorno social y profesional. Así, el proceso de adaptación de sus enseñanzas oficiales al Espacio Europeo de Educación Superior vino precedido por la reflexión del Foro sobre el Modelo Educativo de la UPNA, en el que participaron decenas de profesionales externos a la Universidad. Después esta participación ha sido muy relevante tanto en la definición de la nueva oferta académica de grados y másteres como en la periódica sintonización de los títulos existentes con las necesidades sociales, mediante las reuniones sectoriales que anteceden a la renovación de las acreditaciones. Finalmente, en cada una de las Comisiones de Garantía de Calidad de los Centros participa un profesional externo.

Con el fin de profundizar en este rasgo de la Universidad, se crean ahora los Consejos Asesores de Facultades y Escuelas. Esta iniciativa está vinculada a la línea del Plan Estratégico 20/23 de la Universidad FOR2-1, que busca el fortalecimiento de la calidad académica de los títulos.

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Pautas de funcionamiento

Cada Facultad o Escuela adoptará para estos Consejos las pautas de funcionamiento que encuentre más eficaces, pero se sugiere que la puesta en marcha de estos Consejos se pueda ajustar a estos criterios:

1. Los Centros que lo deseen podrán crear su Consejo Asesor, como órgano de carácter consultivo formado por personalidades del mundo profesional relacionadas con las enseñanzas de cada Centro, que de manera gratuita y periódica puedan aportar su experiencia para orientar la actividad formativa y transmitir a los Centros las tendencias del mundo empresarial, institucional, social y profesional.

2. Los cometidos de las Comisiones Asesoras de Centro serán por lo tanto los siguientes:

  • a. Fomentar un alto nivel de excelencia en las Facultades y Escuelas,
  • b. Colaborar en la definición de una adecuada misión de largo plazo,
  • c. Valorar las actividades de los Centros y la efectividad de sus políticas en conexión con esa misión,
  • d. Proporcionar información sobre la realidad del mercado laboral vinculado a las enseñanzas de cada Centro, 
  • e. Identificar oportunidades de nueva oferta formativa, en todos los niveles de la actividad académica que desarrollan las Facultades y Escuelas.

3. Los miembros de los Consejos Asesores serán designados por el Decano o Director, con el asesoramiento, si así lo requiriera, del Consejo Social. El número de sus miembros podría ser de 5, con una presencia equilibrada de hombres y mujeres. La normalización de las reuniones a distancia y semipresenciales puede favorecer el atraer a estos Consejos a personalidades relevantes quizá no residentes en Navarra.

4. Sus reuniones se celebrarán con una periodicidad al menos anual.

5. El profesional externo perteneciente a la Comisión de Garantía de Calidad del Centro formará parte de este Consejo, y de este modo podrá ejercer como mediador entre las dos instancias. Así, su participación en materia de calidad se centrará menos en aspectos burocráticos y más en la promoción de iniciativas que permitan incrementar el impacto social de la formación que el Centro imparte.

6. La Unidad de Organización y Calidad propondrá un protocolo sencillo que permita preparar estas sesiones de la manera más eficiente, para facilitar que los Centros pongan a disposición de los profesionales externos con una antelación suficiente datos básicos de desempeño e información relevante sobre la estrategia del Centro y su despliegue.

7. Los Centros cubrirán los gastos que puedan derivarse del funcionamiento de estos Consejos, incluidos los viajes para asistir a las reuniones, y prestarán un adecuado apoyo administrativo a sus sesiones.